Este lunes, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores citó a juicio a la exintendenta de esa ciudad y actual legisladora provincial Carmen Gloria Pereyra (56) por supuesto homicidio culposo agravado (por el número de víctimas) a partir de las muertes de dos operarios que trabajaban en la excavación de una obra municipal de desagües, en julio de 2019.
En respuesta a directivas del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que el 29 de agosto pasado anuló el sobreseimiento que había dispuesto la Cámara del Crimen de Cruz del Eje en abril de 2022, el tribunal dolorense convocó este lunes a Pereyra y a los otros tres acusados, a los querellantes y al fiscal de cámara para dar por iniciado el trámite del juicio oral y público.
Junto con Pereyra (hija del también exintendente de Villa Dolores Juan Pereyra y actual legisladora del Frente Cívico) serán juzgados el arquitecto Aldo Zanitti –quien era secretario de Obras y Servicios Públicos– y los responsables de la obra, los ingenieros Arturo Jorge Hanish y Enrique Héctor Bernáldez.
Los cuatro están imputados como coautores penalmente responsables del delito de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.

La citación, para los próximos tres días, es el primer paso de los trámites que conducen al debate público.
Luego se abrirá el ofrecimiento a prueba y, finalmente, se fijará la fecha del juicio.
Trágica excavación
El derrumbe de la excavación ocurrió en pleno centro de Villa Dolores, el 16 de julio de 2019, a muy pocos metros de la plaza principal, sobre calle Arzobispo Castellano.
Allí trabajaban ocho empleados municipales, sin arneses, sin ropa ni calzado adecuados, sin medidas de seguridad y sin supervisión de un profesional responsable en el fondo de la zanja, según sostiene la acusación.
Pocos minutos antes de las 18, cuando tres de los operarios estaban en el fondo de la zanja, que tenía entre cuatro y cinco metros de profundidad, la pared vertical de la excavación se derrumbó y dejó atrapados en el fondo a dos de ellos.
Los operarios Rubén Damián Altamirano y Norberto Orlando Romero quedaron atrapados y fueron rescatados por sus compañeros y por policías que se llegaron al lugar y que “en forma manual cavaron con palas y con sus propias manos” para poder llegar hasta ellos.
Romero murió el mismo día, poco después de llegar al hospital Regional de Villa Dolores, y Altamirano falleció tres días después, en el mismo establecimiento.
Las autopsias determinaron que Romero sufrió heridas en la cabeza, en el tórax, en el abdomen y en brazos y fracturas en la pierna derecha y en las costillas, y murió por asfixia por sepultamiento parcial, con compresión toráxico-abdominal y con fracturas múltiples.

En el caso de Altamirano, ingresó al hospital con paro respiratorio, ya que había estado completamente enterrado por un período prolongado. Murió por las lesiones y por el aplastamiento que le provocó el derrumbe de la zanja, que le causaron una asfixia severa y muerte cerebral.
La fiscal dolorense María Eugenia Ferreyra elevó la causa a juicio, lo que fue ratificado meses después por el Juzgado de Control. La defensa de Gloria Pereyra recurrió la decisión y consiguió el sobreseimiento en Cruz del Eje.
Casación y anulación
En agosto de 2024, el TSJ hizo lugar al recurso de casación presentado por los abogados cordobeses Pedro Despouy Santoro y Eduardo Rodríguez Aramburu, quienes asisten a los padres del fallecido Altamirano.
También había casado la sentencia el fiscal dolorense Sergio Cuello.
El alto cuerpo compartió los argumentos de la querella y de la fiscalía en el sentido de que Pereyra y Zanitti sí conocían las graves falencias técnicas y estructurales desde el inicio y durante la ejecución de la obra de desagüe que ponían en peligro concreto la vida e integridad física de los obreros que allí trabajaban, sin experiencia ni capacitación en trabajos de excavación de alto riesgo, como así tampoco sin los elementos ni protocolos de seguridad correspondientes, según la causa.
De acuerdo a lo que se argumenta en el expediente, todo ello era supuestamente sabido y presuntamente permitido por Pereyra y por Zanitti, por lo que, en este contexto, no pueden desprenderse de la responsabilidad penal que les cabría ni haber confiado en los otros imputados que dirigían las tareas, Bernaldez y Hanish.
Se desprende que los trabajos se habrían realizado de manera irresponsable y temeraria, según la causa.

A Gloria Pereyra se le atribuye haber conocido lo que ocurría más allá de su oficina de intendenta porque, se indica, le fue comunicado que había problemas con la obra, que los obreros trabajaban solos porque se habían quedado sin dirección técnica y no tenían maquinarias ni los elementos de seguridad.
Por otra parte, se añade que se comunicó a la autoridad que hubo derrumbes y situaciones similares a los que desencadenaron la tragedia, según la causa.
El abogado querellante Despouy Santoro señaló a La Voz al conocer la noticia que se adjudica a los acusados la idea de “comisión por omisión” para llegar al homicidio culposo.
“No hicieron lo que tenían que hacer para evitar el resultado lesivo, a pesar de haberles sido advertido en varias oportunidades que existían dificultades en esa obra”, concluyó el penalista.