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Sucesos / Robos

Inimputabilidad. El TSJ ya decidió: no hay margen en Córdoba para ninguna medida de encierro de adolescentes no punibles

Senaf pidió a la jueza Penal Juvenil una medida “excepcionalísima” de alojamiento en el Complejo Esperanza para el adolescente de 15 años que en 2024 ya lleva 18 intervenciones de la Policía y de la Justicia por delitos. La jueza lo rechazó con este fallo, no difundido, como respaldo.

21 de noviembre de 2024,

17:38
Ary Garbovetzky
Ary Garbovetzky
El TSJ ya decidió: no hay margen en Córdoba para ninguna medida de encierro de adolescentes no punibles
Amplio operativo policial para detener a dos chicos de 15 años que habían robado un auto y lo chocaron en Córdoba. (Captura de video)

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba decidió en una sentencia, el 29 de octubre pasado, que no hay ninguna excepción que permita una medida privativa de la libertad en el caso de menores no punibles. Lo hizo en la sentencia 413, en la que resolvió un planteo en casación de defensores públicos contra el rechazo del Juzgado Penal Juvenil de Cuarta Nominación de un pedido presentado por defensores oficiales de cese de una medida privativa de la libertad contra otro adolescente de 15 años en el Complejo Esperanza. “A los niños, niñas y adolescentes (NNyA) no punibles por su edad se les aplica un sistema distinto respecto de los punibles, con un enfoque diferenciado, basado en un abordaje multidisciplinario, en el que la libertad es la regla absoluta y no deja margen para el encierro”, dice este fallo que salda la cuestión en el TSJ.

Este es el antecedente más reciente y de mayor peso que cita la jueza Penal Juvenil 3 de Córdoba, Ileana Benedito, para justificar el rechazo que hizo al pedido de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) de que se dictara una medida “excepcionalísima” que permitiese alojar a un adolescente multirreincidente en el Complejo Esperanza.

El cruce con Senaf ocurrió luego de que Benedito le pidió que “profundice el abordaje” con dos adolescentes “reiterantes, que han cometido varios hechos presuntamente delictivos” y extremara las medidas para evitar que volviesen a barrio Marqués Anexo, el entorno que no les conviene. A esa indicación el organismo provincial respondió con el pedido de una autorización para alojar a uno de estos chicos, el más conocido, en el Complejo Esperanza.

Benedito lo rechazó. En diálogo con La Voz, la jueza explicó: “Senaf me dice que lo deje preso, pero no hay lugar en el sistema legal para eso”.

En su resolución, el TSJ incluso marca con un antecedente de gravedad que “la privación de libertad de NNyA no punibles en razón de su edad ha continuado durante los años 2022 y 2023. Ingresaron 38 NNyA no punibles por su edad al Complejo Esperanza, esto es, 19 en el año 2022 y 19 hasta el 22/8 de este año 2023. Si bien ninguno de los mencionados en las presentes actuaciones se encuentra aún alojado allí, otros fueron ingresados y permanecían nueve NNyA no punibles por su edad en el complejo (a la fecha de la sentencia)”.

El fallo, con el primer voto de la vocal Aída Tarditti y suscripto luego por Sebastián López Peña y por María Martha Cáceres de Bollati, remarca que, “en atención a los estándares internacionales actuales sobre los derechos humanos de los NNyA menores a la edad mínima para ser responsables por infringir leyes penales, la intervención estatal debe centrarse en acciones preventivas para evitar el contacto con el sistema penal juvenil, orientada a brindar alternativas restaurativas, en las cuales la libertad es la regla”.

En el caso de agenda pública, la última vez que fue detenido el joven fue el miércoles pasado luego de chocarle el auto a un chofer de una aplicación a quien se lo había sustraído junto con otro adolescente en barrio Marqués Anexo, de la ciudad de Córdoba. La colisión se produjo luego de una extensa persecución con móviles policiales. Y en las últimas horas, en un control, uno de ellos volvió a ser aprehendido por la Policía porque debía estar en una residencia de menores y se encontraba en la calle. Fue devuelto al mismo lugar: en rigor, no cometió ningún delito ni falta; es una residencia abierta.

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Senaf pidió a Benedito que autorizara como medida “excepcionalísima” la internación del joven en un área para jóvenes no punibles del Complejo, separado de los adolescentes mayores de 16 años. La fundamentación es larga y se podría resumir en que ya se intentó todo y todo fracasó. “A pesar de los esfuerzos realizados y de las diferentes estrategias que se han llevado a cabo, no se ha logrado ningún tipo de adherencia por parte del joven ni de su grupo familiar”, explica la carta de la Senaf.

“Nos encontramos frente a un adolescente –continúa la argumentación– que tiene un manejo autónomo, que se expone constantemente a situaciones de riesgo, sin tomar dimensión de las consecuencias que podría generar tanto para él como para terceros y que en el último tiempo ha ido escalando gravemente en hechos delictivos”.

Aunque se plantea como una autorización excepcional, por lapsos cortos, este joven ya durmió en el Complejo Esperanza. Fue en agosto y por indicación de otro Juzgado Penal Juvenil, el número 2, por 10 días primero y luego por 15.

Complejo Esperanza. (Archivo)
Complejo Esperanza. (Archivo)

Pero es un período insuficiente y lo que pide Senaf es más tiempo para “trabajar con él, no sólo para comenzar un tratamiento sostenido para su consumo de sustancias, sino en un abordaje que implique encontrar un proyecto de vida fuera del delito”.

Devolverlo a su entorno familiar es en vano, explica Senaf, porque viene de una familia “lábil, que no puede poner límites, ni ejercer el rol de autoridad correspondiente”.

La jueza Benedito, que había indicado a la Senaf que extremara medidas de cuidado, rechazó el pedido. “No hacer lugar a lo solicitado por ser incompatible con los estándares internacionales actuales sobre derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes (NNyA) que no han alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal”. De este modo, ratificó las “medidas ya dispuestas” con la recomendación de “diversificar las estrategias de abordaje respecto del joven y su grupo familiar que permita la reinserción social del adolescente”.

A su vez, pidió que se remitiera el informe de salud mental del joven, aludido en la carta que mandó la Senaf y habilitó la inclusión en el plan piloto de justicia restaurativa.

–Pero la Senaf dice en su pedido que existe un área para menores no punibles en el Complejo Esperanza. Incluso que este adolescente estuvo ya dos veces este año alojado allí.

–Estuvo en dos oportunidades, un mes y luego 20 días, pero, sin hablar de este tema en particular, el TSJ ha ido analizando y reforzando con mayor claridad que no corresponde la medida privativa de la libertad en estos casos.

–¿Cuáles son las medidas que sugiere, que no incluyen esta medida privativa?

–Lo primero que pedimos es que no vuelva a Marqués Anexo y se notifica a la autoridad de aplicación advirtiendo que la mayoría de las intervenciones se dieron en este barrio. Lo que quiero ver es si esta prohibición de acercamiento puede lograr una modificación territorial de condiciones de vida que permita hacer un análisis interdisciplinario con este chico de 15 años de edad.

–¿Y qué otra cosa se puede hacer con un caso como este de 14 reiteraciones de delitos en un año?

–Ha tenido 18 intervenciones en el año, en realidad. Toda persona que es menor de edad es vulnerable en esencia porque su personalidad está en desarrollo, no se la puede responsabilizar como a un mayor. Entre una medida privativa de la libertad y la impunidad, hay un tercer camino. Entiendo que la gente tiende a ver que, si una persona no es detenida, lo otro equivale a impunidad, pero este tercer camino es posible y plantea un abordaje diferente, es un camino más largo, con múltiples intervenciones. Y, a su vez, hay en el Poder Judicial programas de mediación y de justicia restaurativa, en los que bien podría encuadrarse un caso con menores no punibles, que nunca llegarán a un juicio, pero sí se puede generar una responsabilidad de una manera distinta.

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