La odisea de un odontólogo estafado en Córdoba parece acercarse a su final, tras 15 años de espera, de idas y vueltas.
La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba capital ordenó que el Gobierno de la Provincia, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y el Registro Automotor de Oliva lo indemnicen con $ 11,1 millones, más los intereses.
El caso del odontólogo estafado en Córdoba
La ilusión del odontólogo por cambiar el auto se transformó, en poco tiempo, en un suplicio. Acordó con un supuesto médico permutar su Clio Authentic 1.2 por un Clio II Pack Plus (2008), más una diferencia en pesos.
El dentista le entregó el 08 del Authentic en blanco, porque el “médico” le dijo que no había decidido aún si lo iba a inscribir a su nombre o al de su hijastro.
Luego intercambiaron los vehículos, pero el Registro advirtió al dentista que la inscripción del Clio que había adquirido a su nombre (el II Pack Plus 2008) no podía efectivizarse hasta tanto presentara la constancia de verificación policial (su esposa realizó el trámite).
El Registro inscribió el vehículo y le entregó el título y la tarjeta verde a su nombre. Sin embargo, las sospechas comenzaron cuando el supuesto “médico” no se presentó con el 08 en blanco del Authentic para finalizar la transferencia ni atendió más los llamados. Para evitar riesgos, el dentista hizo la denuncia de venta.
Sin embargo, todo se complicó cuando el Registro advirtió que, en realidad, aquel “médico” no era el verdadero titular del Clio II Pack Plus. Confirmó que el verdadero dueño, un hombre ajeno a la causa, no estaba enterado de que el “médico” se había hecho pasar por él y que había vendido un Clio II “gemelo” (un auto robado) con sus datos.
Claro está que el dueño real siempre tuvo el auto y que el Clio II del “médico” era sólo un “gemelo” o “mellizo” con los mismos datos, a fin de estafar al odontólogo.
El dentista denunció entonces haber sido estafado con el Clio II “mellizo” y haber sido desapoderado de forma engañosa de su Authentic.
El Registro le notificó que la transferencia del Clio “mellizo” había sido realizada con documentación falsa, por lo que anuló todo.
En 2011, el dentista cuestionó que ni el Registro ni la Justicia impidieron que se realizara la transferencia y demandó por daños y perjuicios al Gobierno de Córdoba, a Registros del Automotor y al Registro de Oliva.
Reclamó que fueran condenados a resarcirlo con $ 63 mil, más intereses y costas. Una década después, en 2021, el Juzgado Federal de Villa María condenó a las demandadas y a Patronal Seguros por daños y perjuicios.
Recordó que el Registro tramitó la inscripción sin previamente haber solicitado la verificación del Clio, por lo que consideró que el dentista “sufrió un menoscabo” económico y moral por el desapoderamiento del Authentic y la anulación del registro del Clio a su nombre.
Nuevo fallo de la Justicia
El odontólogo solicitó la ejecución de sentencia y reclamó que la aplicación de los intereses y de la actualización arrojaban una indemnización que no representaba una reparación plena e integral.
Recordó que el Clio ya no se fabrica y que un vehículo similar sería el Logan PH2 Intense. De este modo, planteó que para que fuera plena e integral, la indemnización debía permitirle adquirir un auto similar al que perdió, más el daño moral, todo actualizado. Los condenados rechazaron el pedido.
En 2024, el Juzgado de Villa María ordenó tener en cuenta los lineamientos de liquidación anteriores, por lo que el odontólogo apeló ante la Cámara. Sostuvo que el juez no tuvo en cuenta los planteos de la readecuación de los valores.
La Sala A de la Cámara, con el voto principal de la vocal Graciela Montesi, sostuvo que “la invariabilidad de las decisiones judiciales no es un principio absoluto” y sostuvo: “Es aquí, en relación con el valor justicia, donde cobra relevancia el principio de reparación integral, el cual no se logra si el resarcimiento que se admite como modo de reparar los daños ocasionados se concreta en valores económicos insignificantes en relación con la entidad del daño que pretende resarcirse”, indicó.
Sostuvo que la suma de $ 506.515 por liquidar con el fallo del juez en 2024 era “a todas luces irrisoria” en comparación con el valor de cualquier auto en el mercado. De este modo, la Cámara, por mayoría –con los votos de Montesi y Eduardo Ávalos–, hizo lugar a lo solicitado por el dentista y ordenó que las condenadas le pagaran $ 11.116.000 por daño emergente.
La vocal Liliana Navarro, en disidencia, planteó la necesidad de acudir a un perito tasador para establecer un valor lógico y aproximado de un vehículo equivalente al Clio II.