La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó la condena contra el Club Ciudad de Buenos Aires, obligándolo a indemnizar a un jugador amateur que sufrió una grave lesión vertebral en sus instalaciones.
El tribunal de Alzada confirmó que la entidad incumplió su “deber de seguridad” al permitir condiciones peligrosas en el campo de juego.
El caso
El incidente ocurrió en diciembre de 2018, cuando Santiago M.P.R. tropezó al enganchar su pie en una rotura “imperceptible” de la alfombra de césped sintético, que estaba despegada del piso, publica Infobae.
En su caída, se golpeó “violentamente contra una columna de hierro mal protegida”, ubicada a pocos centímetros de la cancha.
Como consecuencia, el jugador sufrió la fractura de cuatro vértebras y un hematoma muscular, lo que le exigió dos meses de reposo absoluto.
La defensa del club y su aseguradora, SMG Compañía Argentina de Seguros S.A., argumentaron que el accidente se vinculaba con el “riesgo propio” de un deporte de contacto como el fútbol.
Sin embargo, tanto la jueza de primera instancia, Mariana Callegari, como la Sala M de la Cámara Civil, compuesta por María Isabel Benavente y Guillermo González Zurro, desestimaron este argumento.
Los magistrados destacaron la existencia de un “vínculo contractual” con una “obligación de seguridad” implícita por parte del club hacia los usuarios.
Se enfatizó que el proveedor debe asegurar instalaciones en “buenas condiciones” y sin “factor adicional de peligrosidad”, más allá de los riesgos inherentes al juego.
La indemnización
El fallo subraya que la empresa que lucra con el alquiler de canchas debe adoptar “medidas de seguridad necesarias” para proteger a los usuarios, en línea con la Ley de Defensa del Consumidor (Artículo 42 de la Constitución Nacional).
Si bien se confirmó la incapacidad física permanente del 16,4%, la Cámara redujo el monto por daño moral de $3.250.000 a $2.000.000.
La indemnización total, junto a otros rubros como incapacidad física sobreviniente y gastos médicos, se fijó con intereses desde la fecha del siniestro.