Norberto Critian Graf, compañero de la escuela técnica donde estudió Diego Fernández Lima, el adolescente de 16 años desaparecido el 26 de julio de 1984, cuyos restos fueron hallados enterrados en el fondo de la casa de donde aún vive Graf, en Coghlan, deberá presentarse a prestar declaración indagatoria el 17 de octubre.
Así lo resolvió en las últimas horas el juez en lo crimial y correcional juez Alejandro Litvack, magistrado que interviene en el expediente, al hacer lugar a un pedido del fiscal Martín Lopez Perrando, a cargo de la investigación, publicó el diario La Nación.
La sospecha del fiscal sobre Graf
El representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) había imputado a Graf, de 58 años, de los delitos de encubrimiento agravado y supresión de evidencia.
El lunes pasado, en su nuevo dictamen, López Perrando había insistido en que luego del hallazgo de los restos óseos de Fernández Lima, hace cuatro meses -el 20 de mayo pasado- el sospechoso “llevó a cabo una serie de maniobras unívocas destinadas a encubrir el hecho precedente (por el homicidio)”.
Como informó el MPF, la nueva presentación de López Perrando se da luego de que, en agosto pasado, el juez en lo criminal y correccional Alejandro Litvack, pidiera a la fiscalía que reformula la imputación por considerar que si bien el dictamen original detallaba la prueba recolectada en la investigación y las acciones desplegadas por el sospechoso, no se había efectuado una concreta imputación para citar al excompañero de la víctima.
Entre las “maniobras unívocas destinadas a encubrir el hecho precedente”, el fiscal resaltó “la generación de explicaciones inverosímiles como la existencia de una iglesia o un establo o que los huesos habían llegado en un camión con tierra cuando hicieron la pileta”; “la conducta contradictoria y evasiva frente a testigos y autoridades para desviar la investigación”, y “la pasividad ante el hallazgo y la incipiente investigación”.
Para el fiscal, las manifestaciones que hiciera el sospechoso “resultan no solo absolutamente inverosímiles y pueriles, sino que denotan y remiten a un claro conocimiento previo de la existencia de los restos óseos en el lugar, así como una intención deliberada de desviar la atención generando hipótesis falsas que relativizaran o confundieran su hallazgo”.
López Perrando explicó que “si bien no fue posible aún determinar fehacientemente la autoría del homicidio de Fernández Lima, sí pudo acreditarse que la víctima fue asesinada y ocultada en el interior de la finca [sic]” que habita -y habitaba- el imputado “tras lo cual inmediatamente luego del hallazgo de los restos practicó diversas maniobras tendientes a encubrir la averiguación de la verdad”.
Por otra parte, el fiscal sostuvo que “el delito encubierto es el homicidio de Fernández Lima” y que, si bien aún “no es posible atribuir autoría determinada, sí resulta claro que el homicidio ocurrió en el interior de la finca donde se encontraron los restos” y agregó que se trató de “un hecho sorpresivo e imprevisto, que pudo haber tomado desprevenido al autor o haber ocurrido en circunstancias donde este no contaba con tiempo suficiente para asegurar un ocultamiento más elaborado”.
Para el fiscal, el imputado no pudo ser “ajeno a la existencia de la sepultura en el jardín de la vivienda en que habitaba al momento del homicidio de Fernández Lima y que habita aún hoy”.
El delito de encubrimiento agravado, previsto en el artículo 277 incisos 1° y 3°, apartados “a” y “c”, del Código Penal, contempla una pena de prisión entre uno y seis años, mientras que la supresión de evidencia (artículo 255 Código Penal), establece una pena de entre un mes y cuatro años de cárcel.
A lo largo de su dictamen de 16 páginas, el fiscal López Perrando dijo que Graf dio explicaciones “absurdas” y que, en un acto de “desfachatez disfrazada de indignado asombro”, exigió explicaciones sobre lo que ocurrió -un homicidio- “dentro de la intimidad del hogar que habitaba y habita junto a algunos de los integrantes de su reducido núcleo familiar”.