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Sucesos / Abuso sexual de menores

Ciberdelitos. Dura condena a un cordobés por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil

Las alertas internacionales saltaron con un usuario de Río Ceballos. Fue juzgado y declarado responsable de facilitación y tenencia de material de abuso sexual infantil agravado por la presencia de menores de 13 años.

25 de octubre de 2024,

18:29
Francisco Panero
Francisco Panero
Dura condena a un cordobés por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil
Cada vez más, se repiten casos de personas vinculadas a causas de pornografía infantil en Córdoba. (La Voz / Archivo)

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A menudo, Argentina y particularmente Córdoba son noticia porque desde el extranjero se detecta un ordenador o un teléfono celular que tiene “masi”, el acrónimo que se usa para referirse al “material de abuso sexual infantil”.

Tener pornografía en un dispositivo electrónico no es delito ni mucho menos, pero, si se trata de imágenes de abuso sexual, la cuestión cambia.

Mucho más cuando hay participación de personas menores de edad y más aún si estos tienen menos de 13 años. El Código Penal argentino castiga la sola tenencia de este material y lo agrava si hay presencia de niños. También se pena con mayor rigor la distribución y, mucho peor es la sanción para quienes producen esas imágenes.

Las alarmas informáticas saltaron a fines de noviembre de 2023 cuando, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), se envió a Córdoba un informe de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas. Previamente, se había detectado el movimiento desde el sistema estadounidense de ciberpatrullaje Internet Crimes Against Children Child On-Line Protection System (Icaccops), la plataforma internacional que combate la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.

En diciembre de ese año, se estaba allanando un domicilio de Río Ceballos (departamento Colón), donde un hombre de unos 57 años bajaba, almacenaba y distribuía este tipo de material prohibido. El procedimiento arrojó el secuestro de un teléfono celular y de una computadora, además de la detención de quien fue identificado como Eduardo Fabio Romero.

Operativo. Romero fue atrapado cuando se lanzó el operativo Aliados por la Infancia II. (Archivo)
Operativo. Romero fue atrapado cuando se lanzó el operativo Aliados por la Infancia II. (Archivo)

A poco de iniciada la instrucción, el fiscal de Ciberdelitos Franco Pilnik Erramouspe imputó a Romero los delitos de “facilitación” y “tenencia” de material de abuso y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, ambos delitos agravados por la presencia de menores de 13 años de edad.

Tras las alarmas internacionales, al afinar la búsqueda nacional, se logró individualizar a 89 usuarios en el territorio argentino, siete de ellos en la provincia de Córdoba, uno de los cuales fue Romero.

A este usuario, través de la página “eMule”, el imputado Romero instaló el programa de intercambio de archivos, sabiendo que en su computadora podía tener acceso cualquier persona integrante de esa red, siendo esta una de las principales características de una red P2P.

Fiscal. Franco Pilnik Erramouspe, a cargo de los procedimientos e investigador de la causa que llegó a juicio. (Archivo)
Fiscal. Franco Pilnik Erramouspe, a cargo de los procedimientos e investigador de la causa que llegó a juicio. (Archivo)

Usando esa red, Romero descargaba y compartía material de abuso sexual infantil. Los hechos (la descarga y el intercambio) se produjeron entre el 5 de mayo y el 22 de octubre de 2023. Así lo indicaron los prestadores de internet y de telefonía que facilitaron la pesquisa con sus informes.

Esas empresas señalaron que la actividad ilegal se estaba produciendo desde la vivienda de Lincoln 108, en Río Ceballos. Además de su celular Samsung, el acusado utilizaba una computadora Magnun Tech, donde se encontraron los archivos que sirvieron de prueba.

Respecto del contenido de los archivos, se encontraron con que las víctimas eran de edad variada y en muchos casos menores de 13 años, con la indicación explícita de que se trataba de “sexo infantil, pedofilia e incesto”.

Operativo internacional

El fiscal Pilnik dialogó con La Voz y explicó que, luego de las alertas internacionales, se diseñó un operativo en 11 países y sudamericanos y en 13 provincias argentinas, que llevó el nombre “Aliados por la Infancia II”.

Sobre la modalidad utilizada por Romero, el fiscal de Ciberdelitos explicó que antes se usaba el sitio “eMule” para bajar archivos de música, películas y música, pero, desde el advenimiento del streaming (como Netflix y otras plataformas), cayó en desuso.

Acusador. El fiscal López Villagra, acusador en el juicio, pidió una pena elevada. (Archivo)
Acusador. El fiscal López Villagra, acusador en el juicio, pidió una pena elevada. (Archivo)

No obstante, quedó el “nicho” de quienes bajan estos contenidos prohibidos, con la particularidad de que pasan a integrar una red (P2P o “persona a persona”) por la cual al bajar un archivo se comparte con todos los integrantes de esa red.

Pilnik indicó que este tipo de procedimientos se hacen dos o tres veces por año en la Argentina.

El juicio y la condena

El expediente llegó a juicio y el pasado jueves se dictó condena. Las audiencias se llevaron a cabo, a puertas cerradas, en la Cámara 8ª del Crimen de la ciudad de Córdoba, con el vocal Juan Manuel Ugarte como juez unipersonal.

En el debate no pudo establecerse el origen de las imágenes, si bien en algunos videos había una persona de facciones “asiáticas”.

La acusación estuvo a cargo del fiscal subrogante Fernando López Villagra, quien acusó con dureza a Romero y pidió una pena que, si bien es elevada, responde a la gravedad de los delitos reprochados.

Juez. Juan Manuel Ugarte, vocal de la Cámara 8ª del Crimen. (La Voz)
Juez. Juan Manuel Ugarte, vocal de la Cámara 8ª del Crimen. (La Voz)

La misma pena que solicitó el acusador público fue la que terminó imponiendo el juez Ugarte, de cuatro años y ocho meses de prisión, por hallarlo responsable de “los delitos de facilitación de material de abuso sexual infantil (primer hecho), y de tenencia simple de material de abuso sexual infantil (evento segundo), en concurso real, y agravados ambos por la presencia de representaciones de menores de 13 años de edad”, según reza la sentencia.

Además del secuestro de la computadora y del celular a favor del Estado provincial, se ofició a las autoridades del Servicio Penitenciario de Córdoba para que, una vez realizadas las evaluaciones pertinentes, “y en caso de resultar menester, se le proporcione al acusado Eduardo Fabio Romero un tratamiento psicoterapéutico acorde a la problemática que presenta”.

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