Los problemas entre miembros de una misma familia también llegan a la Justicia, de diversas maneras y con no pocos dolores.
No sólo el fuero específico, o el Civil, sino también el fuero Penal, suelen ventilar penosas actuaciones judiciales cuando surgen diferencias patrimoniales que no pudieron ser solucionadas entre quienes crecieron en el mismo hogar y terminan por ser reclamadas en los Tribunales de Córdoba.
Esto les sucedió a tres socios de la firma Centro Construcciones SRL, que también eran hermanos.
La empresa había sido fundada a principios de siglo por los padres de los tres socios, hasta que falleció el progenitor y se delegó la conducción de la administración en uno de los hijos.
Dos de ellos reclamaron a quien oficiaba de gerente haberse quedado con bienes del patrimonio de la firma, fueron llevados a juicio y consiguieron una condena por “administración fraudulenta”.
Así lo consigna un parte oficial de Justicia Córdoba, el órgano informativo del Poder Judicial provincial.
El proceso en el Fuero del Crimen culminó con el debate abierto, oral y público en la Cámara 10ª del Crimen de la ciudad de Córdoba, donde el vocal Carlos Palacio Laje convalidó la petición del fiscal Gustavo Arocena y los términos de una condena de prisión en suspenso que, además, incluyó el resarcimiento total a los hermanos denunciantes.
El fiscal Arocena se caracteriza por preocuparse de reparar el daño sufrido por las víctimas. Este caso no fue la excepción porque a cambio de una condena de ejecución condicional, con la confesión del acusado, este deberá resarcir integralmente a sus hermanos.
El condenado deberá devolverles en un breve plazo todos los vehículos y herramientas pertenecientes al acervo empresarial (y familiar) que había sustraído en beneficio propio. En su momento, cuando comenzaron las diferencias durante la década pasada, ese parque de elementos fue valuado en más de $ 6 millones. Hoy, el valor es muy superior.
Empresario condenado por administración fraudulenta
Esta es la historia del empresario y gerente Pablo Guillermo Lana, quien terminó condenado a la pena de dos años y ocho meses de prisión en suspenso, como autor del delito de administración fraudulenta.
Había sido denunciado por sus propios hermanos, quienes eran sus socios en una empresa familiar dedicada a la actividad metalmecánica que estaba en liquidación.
En un juicio abreviado, Pablo Guillermo Lana admitió su responsabilidad en el ilícito cometido en el marco de sus funciones como socio gerente a cargo de la administración.
Según la acusación, sostenida en el juicio por el fiscal Arocena, había sustraído una serie de bienes de la empresa en beneficio propio y sin avisar al resto de los socios.
La sala unipersonal a cargo del camarista Palacio Laje estableció como una de las reglas de conducta para evitar el cumplimiento efectivo de la pena la de restituir a la sociedad en liquidación en un plazo de 10 días todos los bienes sustraídos: vehículos, grúas, herramientas y otra maquinaria de gran porte.
Sus dos hermanos Gabriel Alejandro Lana y Gustavo Marcelo Lana, constituidos en querellantes particulares en la causa penal, estuvieron presentes en el juicio, aunque desistieron de concretar acción civil en contra del acusado.
Elementos sustraídos
De acuerdo a los hechos descriptos en la acusación por el fiscal instructor del fuero Penal Económico Matías Bornancini, el acusado sustrajo los siguientes bienes: una alisadora Juaristi MDR 125 con reglas dig; una autoelevadora Hyster 5 tn; un autoelevador Sampi móvil 3 tn; una balanza con plato, capacidad 15 kilos; una camioneta Peugeot; una fresadora Heckert a CNC Siemens; una grúa Crane móvil fuera de servicio; una grúa 7 tn motor Bedford; un hidrocopiador Aquini y Bagilet motor Czerweny 1 Hp; una prensa hidráulica 50 tn F/S; una perforadora Burgmaster múltiple; una perforadora radial CZCEPEL 3000 mm; un pañol de herramientas varias más caja fuerte; una rectificadora tangencial Mattison; una rectificadora Planetaria Imelco; un serrucho hidráulico Keorge; un torno vertical OM; un torno Cindelmet de 2.600 mm e/p; un torno Fraver CE 1200; un torno Sideral de 2200 mm e/p sobreelevado.
Según el expediente, algunos de estos vehículos y herramientas fueron trasladados a su domicilio particular de barrio Villa Quisquisacate y otros, a un galpón del predio de bulevar De los Polacos al 8000, “a los fines de seguir trabajando en el rubro de la fabricación de productos elaborados de metal y maquinaria de uso general, a costa del capital social de Centro Construcciones SRL”.
Se añade que, con esa “maniobra”, Pablo Lana “habría obtenido un lucro indebido, perjudicando los intereses que le habían sido confiados y disminuyendo el capital social con el que se saldaría –al menos en parte– el pasivo de la empresa en estado de liquidación”.
En los fundamentos de la sentencia, el vocal Palacio Laje valoró en contra del acusado que hubiera perjudicado a su propia familia, “lo que importa un mayor desprecio y por lo tanto reproche penal”.
A su favor, en tanto, ponderó que hubiera confesado libremente la imputación. “(Esto) implica, en mi consideración, el primer reconocimiento del error cometido e importa un paso vital hacia la resocialización”, expresó el magistrado en los fundamentos de la sentencia.