La Cámara del Crimen Nº 2 de Río Cuarto, presidida por Pablo Bianchi, consideró “prescripta” la causa Nora Dalmasso y resolvió sobreseer totalmente al último involucrado en el crimen, perpetrado el 26 de noviembre del 2006.
Roberto Marcos Bárzola (45) había sido imputado como sospechoso de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte, en una resolución de diciembre de 2024.
Su ADN coincide con el hallado en ocho muestras del cinto de la bata con que estrangularon a Dalmasso y en un pelo encontrado en la entrepierna de la víctima.
Al momento del crimen, Bárzola trabajaba como lustrador de los pisos de madera en la casa del barrio Villa Golf.
En sus declaraciones como testigo admitió haber estado en la puerta de la vivienda en el presunto horario del hecho. Aunque dijo que no le abrieron.
Antes de Bárzola estuvieron imputados por el homicidio Rafael Magnasco (vinculado por rumores con Dalmasso, a quien no conocía), Gastón Zárate (pintor de la casa, hoy preso sospechado por otro homicidio cometido tras un partido de fútbol), Facundo Macarrón y Marcelo Macarrón (hijo y marido de la víctima).
A mediados de 2022, el viudo Macarrón fue absuelto de la acusación de homicidio por encargo. Entonces, el tribunal reconoció a Nora Dalmasso (51) víctima de violencia de género y ordenó continuar la investigación “por la verdad”.

Por la prueba genética, el nuevo fiscal de la causa, Pablo Jávega, imputó a Bárzola y tramitó como un incidente el pedido de la defensa para que, por el tiempo transcurrido, se considere extinguida la acción penal.
En mayo último, el juez de Control Diego Ortiz rechazó la prescripción “en esta instancia” y dispuso que continúe la investigación “por la verdad histórica”. Consideró que la averiguación real de lo sucedido “es un deber prioritario asumido por el Estado argentino al ratificar la Convención Americana de Derechos Humanos”.
Tras apelaciones de las partes, ahora la Cámara del Crimen revocó ese fallo y, a casi 19 años del homicidio, resolvió la prescripción y el sobreseimiento total de Bárzola.
“Ante la ausencia de supuestos de suspensión o interrupción del curso de la prescripción, es evidente - estado convictivo de certeza sobre los extremos invocados- que la acción penal en contra de Barzola está prescripta- cuanto menos- desde noviembre del año dos mil veintiuno”, se dictaminó.
El fallo no está firme.

El reclamo de Facundo y Valentina
La novedad causó conmoción en los hijos y el viudo de la víctima. Sus abogados adelantaron que intentarán casar el fallo y analizan otras medidas por la vía civil, para lograr una condena.
“Nos parece una burla al dolor de la familia y a una deuda que tienen con la sociedad. Vamos a ver los fundamentos pero la verdad que es una gran desilusión poner una institución tan arcaica como es la prescripción por encima del derecho a la vida de una mujer asesinada como mi mamá”, expresó Facundo Macarrón.

Valentina, hija de la víctima, dijo a este diario: “Es muy injusto que después de tanto tiempo, cuando podemos ver la luz y tenemos pruebas certeras, la Justicia nos vuelve a dar la espalda como familia y como víctimas”.
“Deseo que nadie tenga que pasar por lo que pasamos nosotros. Es una locura total que aún teniendo un ADN y un mitocondrial tomen esta decisión. Es muy indignante. Vamos a llegar a la última instancia, para que haya condena y se haga justicia por mi mamá”, reclamó.
“Tenemos que ver muy bien cuáles son las razones, pero siento que siempre la Justicia de Córdoba da el mal ejemplo de ir en contra de la familia, de nuestro dolor, como burlándose de la sociedad que quiere una respuesta”, agregó Facundo, quien fue perseguido cinco años como presunto autor del crimen.

Las razones de la prescripción en el caso Dalmasso
En un fallo de más de 300 páginas que cita todos los planteos anteriores de las partes, la Cámara presidida por Bianchi fundamenta su decisión de sobreseer a Bárzola y dejar prácticamente cerrado el caso.
“Si bien, existe una tensión entre el derecho de la víctima a la Justicia con el correlativo deber del Estado de investigar y sancionar las violaciones a derechos humanos y los derechos fundamentales de la persona que puede recibir una pena, de ninguna manera se puede aceptar que la forma de hacer efectivo el derecho de la víctima pueda conculcar derechos y garantías del acusado, máxime cuando las disposiciones legales, constitucionales y convencionales (…) son claras y no ofrecen otras interpretaciones plausibles”, dice el fallo.

El vocal Bianchi advierte: “Afectaría principios de derecho público local una decisión que restringiera el derecho de defensa, que desconociera a la prescripción como el derecho del imputado a que su proceso penal se resuelva en un plazo razonable y que soslayara el principio de legalidad”.
Juzga que el homicidio de Nora Dalmasso “aunque revista gravedad y sea aberrante, no se encuentra incluido en los supuestos exceptuados de prescripción, ni tampoco puede ser equiparados a los casos en que la Corte aplicó la imprescriptibilidad”.
Con todo, la Cámara declara la extinción de la acción penal por prescripción y dispone el sobreseimiento total de Bárzola, el último imputado.