Un reciente fallo de la Justicia cordobesa impuso una de las sanciones más significativas de los últimos años contra una empresa administradora de autoplanes, que fue condenada a pagar más de 200 millones de pesos a siete consumidores.
Según la sentencia, los damnificados habían sido sorprendidos con cuotas finales exorbitantes y sin explicación clara.
Por este motivo, Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados, que es la firma oficial que gestiona los autoplanes de la automotriz alemana en todo el país, deberá completar el pago al total de los demandantes. Por el momento, se efectivizaron sólo tres pagos y restan otros cuatro.
El caso, que quedó firme a comienzos de 2025 tras la intervención de la Cámara Quinta de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba, se inició a partir de una serie de audiencias solicitadas por usuarios del sistema de planes de ahorro, según informaron fuentes con acceso a la causa.
Todos ellos habrían afrontado, según lo denunciado, cobros millonarios en la última cuota (la número 84 o 85, según el caso), tras haber recibido descuentos previos debido a una medida cautelar dictada en 2018.
La medida judicial original, vigente desde hace seis años en Córdoba, obligaba a las administradoras de planes de ahorro a reducir el monto de las cuotas ante la suba desmedida del valor de los vehículos.
Sin embargo, en la etapa final del contrato, los consumidores detectaron que se les cobraba en una sola cuota todo lo que se les había descontado anteriormente, en concepto retroactivo y sin explicación.
Cuotas millonarias
“Estamos hablando de cuotas finales que llegaron hasta los cinco millones de pesos. Los usuarios no sabían qué estaban pagando ni por qué motivo”, explicó en diálogo con La Voz el abogado Exequiel Vergara, titular del estudio jurídico que llevó adelante la acción, junto con Nicolás Galíndez.
Antes de judicializar el caso, se intentó resolver la situación por vías extrajudiciales, dijo el letrado.
En ese sentido, explicó que se convocaron audiencias en la asociación Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino (Adcoin).
Sin embargo, la firma faltó a las siete audiencias que se celebraron por separado para cada afectado. “Ni siquiera se dignaron a dar una explicación. Ahí decidimos ir a juicio”, afirmó Vergara.
Durante el proceso judicial, el principal reclamo fue que la empresa informe con claridad el origen y el desglose del monto cobrado en la cuota final, en un contexto donde la medida cautelar aún estaba vigente.
La explicación de la parte demandada fue poco precisa: atribuyó el cobro a los efectos de dicha cautelar, pero sin detallar cómo se llegó al monto en cuestión ni justificar por qué se exigía el pago retroactivo mientras la medida seguía aplicándose.
Este medio intentó contactar con el abogado de Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados, pero no hubo respuestas.
“Incumplimiento muy grave” y multa millonaria por los “autoplanes”
El juez de primera instancia entendió que hubo un “incumplimiento muy grave del deber de información”, un principio fundamental de la Ley de Defensa del Consumidor.
Más aún, sostuvo que la responsabilidad de la marca era agravada por su rol como administradora de fondos de terceros.
La sentencia, dictada a fines de 2024 y confirmada por la Cámara en febrero, impuso a la empresa una multa punitiva de 25 canastas básicas (Hogar 3) por cada uno de los siete consumidores, lo que equivale a aproximadamente 175 millones de pesos sólo en concepto de sanción.
A eso se sumó la indemnización por daño moral, lo que lleva la cifra total a más de 200 millones de pesos.
Para los abogados litigantes, el fallo tiene implicancias más allá de este caso particular. “Este juicio es clave porque reafirma el deber de información como un eje central en las relaciones de consumo. Lo que se pidió fue algo básico: que expliquen por qué están cobrando esa cifra”, dijo Vergara.
Y agregó: “No puede ser que los consumidores tengan que ir a juicio para saber qué están pagando”.
Según el letrado, esta condena es una de las más altas firmes a nivel nacional en materia de daño punitivo por este tipo de conflictos. Aunque hubo otros fallos similares, este se destaca por haber quedado firme y por la suma involucrada en un único expediente que reunió siete reclamos individuales.
Además, advirtió que este fallo puede sentar un precedente para futuros reclamos.
“La ley establece que la multa punitiva puede llegar hasta 2.100 canastas básicas. Si las automotrices insisten en estas prácticas abusivas, lo lógico es que las próximas sanciones sean aun mayores”, alertó Vergara.
Según interpretan los demandantes, la decisión tomada por la Justicia envía un mensaje a otras administradoras de planes que en Córdoba manejan miles de contratos, al igual que en todo el país.
“Tienen que empezar a dimensionar la importancia de ser claros desde el principio. Los planes de ahorro están llenos de cláusulas leoninas que terminan perjudicando gravemente a las familias”, opinó el abogado.
“Esto no debería pasar más. Las empresas tienen que dejar de pensar que todo se resuelve en tribunales y empezar a respetar al consumidor desde el inicio”, concluyó Vergara.