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Sucesos / Justicia de Córdoba

"Generación Zoe". Abrieron sumario a la fiscal Juliana Companys por participar en documental de Netflix

Es por haber aparecido en la película sobre el caso judicial de “Generación Zoe” antes de quedar firme su dictamen de elevación a juicio.

6 de junio de 2025,

19:38
Francisco Panero
Francisco Panero
Abrieron sumario a la fiscal Juliana Companys por participar en documental de Netflix
Aparición. La fiscal Juliana Companys apareció en el documental relatando los hechos y brindando detalles de la causa. (Gentileza)

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La fiscal de Instrucción y Familia del 2° Turno de Villa María, Juliana Érica Companys, fue imputada por una presunta falta disciplinaria y debe responder en sumario administrativo por presuntas irregularidades mientras investigaba la causa Generación Zoe, por asociación ilícita y estafas.

El reproche que le hace la Secretaría de Sumarios Administrativos del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) provincial es haber concedido una entrevista para la realización del documental “El vendedor de ilusiones: el caso Generación Zoe”, que se emitió por Netflix, cuando el expediente aún estaba en etapa de instrucción.

Documental. Una de las imágenes de "El vendedor de ilusiones: El caso Generación Zoe". (Netflix).
Documental. Una de las imágenes de "El vendedor de ilusiones: El caso Generación Zoe". (Netflix).

Una fuente judicial añadió que Companys se prestó para la requisitoria de la producción cuando la causa había sido elevada a juicio, pero esa decisión estaba recurrida, bajo análisis del Juzgado de Control local.

Al no estar firme la elevación a juicio, se entiende que Companys debió abstenerse de conceder una entrevista de ese tenor.

Momento álgido

La novedad llega luego de que en los últimos días se sucedieron dos novedades que tienen que ver con las producciones audiovisuales y resonantes causas judiciales.

La primera de ellas fue el desplazamiento de la jueza Julieta Makintach por su presunta participación en el armado de un documental por el juicio por la muerte de Diego Maradona, en el cual ella era miembro del tribunal. Como no había jueces suplentes, el escándalo derivó en la anulación del juicio, que ahora debe realizarse con otros jueces.

Jueza. Julieta Makintach, la jueza que fue apartada y sancionada por las acusaciones de formar parte de un documental sobre el juicio por la muerte de Diego Maradona. (Archivo)
Jueza. Julieta Makintach, la jueza que fue apartada y sancionada por las acusaciones de formar parte de un documental sobre el juicio por la muerte de Diego Maradona. (Archivo)

Esta semana, se conoció que la plataforma Netflix estaría produciendo un documental sobre el crimen de Nora Dalmasso en Río Cuarto, en 2006.

La producción contaría con la participación del viudo, Marcelo Macarrón, absuelto el año pasado en juicio, y de los hijos del matrimonio.

Surgimiento de la acusación

El año pasado, el Tribunal de Ética Judicial analizó su desempeño por estos hechos y en diciembre realizó una “recomendación” a la funcionaria, pero con elevación al TSJ para que ponderara si hay un “remanente disciplinario”.

Además de desestimar cualquier objeción ética, este tribunal puede emitir dos resoluciones: la recomendación simple (una reprimenda o consejo al funcionario) o una recomendación con elevación al TSJ, para que el alto cuerpo decida si cabe algo más.

El TSJ encargó las actuaciones a Sumarios Administrativos, a cargo del secretario Tristán Quiles. Esta semana, la investigación tuvo su primer resultado al surgir “elementos suficientes” para abrir el sumario administrativo interno a Companys.

Declaraciones. En un bar, la fiscal Juliana Companys mientras pronunciaba una de las frases cuestionadas. (Gentileza)
Declaraciones. En un bar, la fiscal Juliana Companys mientras pronunciaba una de las frases cuestionadas. (Gentileza)

La entrevista concedida a la productora –Anima Films SRL–, del documental que luego pasó a formar parte del menú de programación de la plataforma digital Netflix, muestra a la fiscal enfrentando a cámara y dando detalles precisos de la investigación cuyo principal imputado es Leonardo Cositorto. Ese relato de la funcionaria en ámbito tribunalicio se va articulando con la estructura del guion a lo largo del documental.

Entre otras expresiones, puede escucharse a Companys señalar: “Nosotros demostramos el dolo de Cositorto y su banda” con sociedades que “fueron creadas en el momento y para estafar gente”.

También habla de que era la primera vez que dictaban capturas internacionales, y agrega: “Nosotros no habíamos tenido ese gusto eh, je, sí, por así decirlo...”. De igual modo, brinda detalles de la tramitación de la causa y del allanamiento en República Dominicana, durante el cual fue detenido Cositorto.

La objeción que se hace desde Sumarios Administrativos es que el actuar de la fiscal villamariense tiene repercusión en el ámbito administrativo-disciplinario y que esa conducta es contraria a los deberes de decoro, reserva, responsabilidad, buen obrar y confianza que se les exige a los integrantes de la Justicia.

Las razones apuntadas

Fuentes judiciales adelantaron a La Voz que el inicio del sumario tiene que ver con que Companys habría revelado información esencial vinculada a la causa a pesar de su alcance.

Esto mismo, que no era una nota meramente informativa, sino poner el cuerpo para ofrecer detalles delicados del expediente, al menos debería haber sido motivo de consulta a su superior, el fiscal General de la Provincia, Juan Manuel Delgado. Sabido es que el Ministerio Público se mueve con el principio de “unidad de acción” y todos los funcionarios se organizan conforme a una política de persecución criminal.

Las normas procesales indican que, en la etapa de investigación, el sumario debe ser secreto para los extraños.

Las fuentes señalan que Companys habría violado el Acuerdo Reglamentario 331 de 1996, que, entre otros puntos, señala algo muy específico: “La publicidad del quehacer judicial no debe transformar a este en un espectáculo ni a sus protagonistas en actores, lo que conspiraría contra el respeto que la magistratura merece, fincado en el resultado de su gestión, no en la exposición pública de quienes lo llevan a cabo”.

Por eso, se recomienda a los integrantes del Poder Judicial que se ajusten a esas disposiciones.

Causa Zoe. La fiscal Juliana Companys saliendo de Tribunales de Villa María. (La Voz)
Causa Zoe. La fiscal Juliana Companys saliendo de Tribunales de Villa María. (La Voz)

A su vez, en la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (MPF) se indica que “se procurará satisfacer el derecho a la información de la comunidad sin afectar la eficacia de su actuación y tutelar simultáneamente el derecho a la intimidad, el respeto hacia las personas y el estado de inocencia que asiste a la persona imputada”.

En este caso, Cositorto y otros imputados reclamaron por la realización de este documental por entender que la fiscal había formulado declaraciones que debía reservar en esa etapa del proceso.

Más allá de esto, los recursos de oposición que se articularon para oponerse a la elevación a juicio fueron progresando en el Juzgado de Control y en la Cámara de Apelación de Villa María (en rigor, Cámara del Crimen), la que en octubre de 2024 terminó por anular la citación a debate oral y público.

El expediente fue devuelto a Companys para que reformulara algunos aspectos: los camaristas señalaron que se observaba “un relato vago” de los hechos y reclamaron que se fijaran con más claridad las presuntas responsabilidades de Leonardo Cositorto y de los otros imputados.

Juzgado. Leonardo Cositorto ya fue hallado culpable en Corrientes. (Archivo)
Juzgado. Leonardo Cositorto ya fue hallado culpable en Corrientes. (Archivo)

Finalmente, Companys volvió a elevarlo. La semana pasada, la Cámara del Crimen de Río Tercero confirmó esta elevación a juicio.

De este modo, podría cuestionarse a Companys que sus declaraciones perjudicaron la tramitación del juicio y expusieron a los acusados, sobre quienes pesaba –y pesa– el principio de inocencia.

Los voceros tribunalicios sostienen que la fiscal no recibió remuneración por conceder la entrevista, pero indican que las objeciones tienen que ver con haberse prestado a la consulta sobre detalles clave que no deberían haberse conocido en esa etapa de la tramitación.

El martes pasado, cuando se firmó la apertura del sumario, Companys fue notificada y emplazada a formular su descargo sobre los hechos de la acusación, a designar abogado defensor y a presentar prueba.

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