Un fallo del Tribunal de Campobasso encendió una nueva luz de esperanza para miles de argentinos descendientes de italianos que buscan obtener la ciudadanía.
La sentencia rechazó la aplicación retroactiva del controvertido Decreto Legislativo n.° 36/2025, conocido como “Decreto Tajani”. Impulsado por el Ministerio del Interior del Gobierno de Giorgia Meloni, este decreto establecía inicialmente que la ciudadanía se otorgaría sólo a quienes tuvieran padre o abuelo nacido en Italia.
Un precedente crucial
Abogados especializados en ciudadanía italiana consultados por el diario La Nación afirmaron que esta decisión judicial es un “precedente importantísimo”. Destacaron que representa un freno a los intentos del Ejecutivo italiano de limitar el derecho al reconocimiento ciudadano a sólo dos generaciones nacidas en el extranjero.
El fallo se dictó en un caso iniciado antes de la entrada en vigor del decreto. El juez no sólo reconoció la ciudadanía a los demandantes, sino que también ordenó al Ministerio del Interior pagar las costas del proceso. En su argumentación, sostuvo que el decreto no prevé de forma explícita su aplicación retroactiva, lo que impide afectar derechos ya adquiridos.
Graciela Cerulli, abogada patrocinante en dos de las causas favorables, enfatizó que el juez dejó claro que “el decreto no es retroactivo”. Esto significa, según la abogada, que no se puede aplicar “a los que ya nacieron, a los que ya eran ciudadanos desde el momento en que nacieron, más allá de que hayan presentado o no la solicitud de reconocimiento de ciudadanía italiana”.
Hasta la promulgación del “Decreto Tajani”, la normativa italiana reconocía que una persona nacía ciudadana si descendía de un antepasado italiano, sin importar si la solicitud formal de reconocimiento había sido presentada. La nueva norma, sin embargo, intentaba restringir ese derecho sólo a hijos o nietos de ciudadanos nacidos en Italia. Esto fue ampliamente cuestionado por especialistas por contradecir el principio del ius sanguinis (derecho de sangre), que es la base del ordenamiento jurídico italiano para la transmisión de la ciudadanía.
Rechazo a la suspensión y mirada al futuro
El fallo de Campobasso también rechazó un pedido del Ministerio del Interior para suspender el procedimiento, que se basaba en una excepción de inconstitucionalidad elevada por el Tribunal de Bolonia. El juez consideró que no había motivos para interrumpir el proceso de reconocimiento en curso.
Marco Mellone, abogado patrocinante de la tercera causa con fallo favorable, remarcó que este es “el primer fallo que deniega la legitimidad del decreto ley 36/2025 que pretende aplicar retroactivamente las nuevas reglas sobre ciudadanía italiana”. El Tribunal dejó muy claro que estas reglas “pueden valer eventualmente para el futuro, o sea para quien todavía tiene que nacer”.
Los abogados anticipan que si continúan presentándose causas en este tribunal, podría abrirse la puerta a una consulta formal ante la Corte Constitucional italiana. Este órgano es el único habilitado para declarar la inconstitucionalidad de una ley, lo que, de ocurrir, implicaría su anulación inmediata.
Mientras tanto, en el Parlamento italiano circulan más de 100 enmiendas al decreto, y persiste el rumor de que la próxima semana se debatirá una nueva ley. Según Franco Tirelli, miembro de la Cámara de Diputados italiana, se presentaron enmiendas para modificar el proyecto de ley de ciudadanía, aunque aún restan debatirse. Detalló en un video sobre temas como menores de edad que quieran acceder a la ciudadanía, turnos pendientes y oriundos de italianos.
A pesar de la incertidumbre sobre los próximos pasos legislativos, Cerulli concluyó: “No podemos hablar de este tema hasta que no salga la nueva Ley. Tampoco hay certezas sobre cuándo va a votar el Parlamento. Lo que sí vale la pena reconocer es que este fallo dicta un precedente importantísimo”.