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Política / Piqueteros

Un juez habilita a la Policía de Córdoba a realizar “prevención anticipada” para neutralizar piquetes y marchas

Al fallar a favor de los vecinos del Centro en un habeas corpus, el magistrado autorizó “todo tipo de tareas” para evitar la “toma indebida del espacio público” por parte de organizaciones sociales o gremiales.

1 de abril de 2023,

07:40
Juan Manuel González
Juan Manuel González
Un juez habilita a la Policía de Córdoba a realizar “prevención anticipada” para neutralizar piquetes y marchas
Acampe de Polo Obrero en bulevar Chacabuco e Illia (Pedro Castillo / Archivo).

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El juez Juan Manuel Fernández López hizo lugar al habeas corpus que los vecinos del Centro presentaron ante los frecuentes piquetes y manifestaciones que se realizan en la zona, situación que fue considerada por el magistrado como “continua y sistemática”, por lo que, a su entender, afecta los derechos constitucionales de circular y trabajar.

En su resolución, Fernández López notificó a la Policía provincial que, atento a “lo previsto” en la Constitución Nacional, las normativas internacionales en materia de Derechos Humanos y en los códigos Penal, Procesal Penal y de Convivencia, “se encuentra legalmente autorizada a llevar adelante todo tipo de tareas inherentes a la prevención anticipada de la toma indebida del espacio público”.

Aunque se cuidó de “invadir la actuación” del Poder Ejecutivo con instrucciones concretas a la Policía, al hacerle lugar a la petición de los vecinos del Centro se da por sentado que las autoridades tienen las herramientas jurídicas para prohibir las manifestaciones.

Corte de calles y puentes Piquetes piqueteros

Política

Un habeas corpus de vecinos abrió la “tolerancia cero” a las marchas piqueteras

Juan Manuel González

El juez no especificó si se refiere sólo a la protesta de las organizaciones sociales, por lo que el habeas corpus también podría utilizarse para bloquear manifestaciones gremiales, aunque esto dependerá de la decisión política, sobre la cual Fernández López no opina.

Sin embargo, en la fundamentación del fallo el juez dice que “cuando la forma de protestar implica cometer un delito (coaccionando a terceros o imponiéndoles restricciones arbitrarias a su libertad) o una contravención, ya no se está ejerciendo una petición o expresando una idea u opinión sino, más bien, cometiendo un ilícito penal”.

Piquetes en el ingreso al centro de Córdoba (José Gabriel Hernández / Archivo).
Piquetes en el ingreso al centro de Córdoba (José Gabriel Hernández / Archivo).

Además, el magistrado sostuvo que “el rol del Estado, a través de sus diferentes áreas y poderes, es garantizar el ejercicio de las libertades individuales, entre ellas la de la protesta y la libertad de expresión, siempre y cuando no afecte otros derechos fundamentales de terceros”.

Al especificar qué tipo de derechos considera afectados por las manifestaciones de organizaciones sociales o gremiales, el juez considera que los vecinos están “en una clara posición de inferioridad para ser oídos”, ya que “no cuentan con esa estructura” política, por lo que “se ven perjudicados en el ejercicio de su libertad”.

“No puede pasarse por alto que la intervención estatal en la regulación (de las movilizaciones y piquetes) resulta insustituible, a fin de evitar la espiralización de violencia entre ciudadanos”, dice el juez, quien pone como ejemplo de esto el choque entre hinchas de Talleres y manifestantes del Movimiento Teresa Rodríguez en un piquete en Tacuarendí (Santa Fe).

“La omisión de una disolución temprana del corte dejó servida la solución al problema por mano propia a través de la intervención violenta de los simpatizantes deportivos, quienes disolvieron el piquete de la manera que mejor se les dio (utilizando armas de fuego, palos, piedras, machetes y cualquier medio lesivo a su disposición), con el consabido resultado de varios heridos”, argumentó Fernández López.

La media calzada

Parte central del debate fue si la liberación de una media calzada “desactiva” el delito o la contravención que señala la doctrina por la que se inclina el juez.

En el fallo, Fernández López ponderó la declaración de David Boffa, presidente del centro vecinal de barrio Centro, quien expresó “su negativa a negociar cuánta ilegalidad es tolerable o no”, ya que la “Constitución bajo ningún concepto avala el corte de calles”, por lo cual, en los hechos, “resulta equiparable al corte de la calzada completa”.

El juez trajo un fallo que él mismo había dictado en un caso análogo, y citó respecto de habilitar media calzada: ”No satisface tal anhelo el conformismo de aceptar mansamente premisas tales como ‘liberar media calzada’, exhortar a los ciudadanos que ‘eviten ir al Centro’ o a los comerciantes a ‘cerrar sus negocios para prevenir daños’ (...). Nada de eso es vivir en libertad, es tan sólo resignarse a ‘la ley de la selva’”.

Marcha el Polo Obrero (Nicolás Bravo / Archivo).
Marcha el Polo Obrero (Nicolás Bravo / Archivo).

Así, Fernández López sostiene que el corte de media calzada no elude la contravención o el delito, aunque deja la discrecionalidad de la decisión a la decisión política y la orden que desde el Poder Ejecutivo se le dé a la Policía.

El juez sostiene que no intenta “negar el derecho a manifestarse y criticar a las autoridades; ni implica desconocer la importancia de la libertad de expresión”, pero sugiere que estas marchas podrían hacerse en plazas y parques: “Lo que resulta ilegal e inconstitucional es que teniendo a mano medios lícitos para manifestarse (en plazas, parques), eligen hacerlo con acciones que encuadran en diversos ilícitos penales, siendo el más habitual la obstrucción del transporte”.

Para monitorear el cumplimiento del habeas corpus, el juez ordenó que se conforme una “Comisión Provisoria de Abordaje y Seguimiento de la Problemática del Uso Indebido del Espacio Público para la ciudad de Córdoba”, que estará integrada por el Ministerio Público Fiscal; el secretario de Seguridad de la Provincia, Claudio Stampalija; la Jefa de Policía, Liliana Zárate; el Asesor Letrado de la Municipalidad de Córdoba, Andrés Varizat; y el presidente del Centro Vecinal del Centro. Esa comisión debe reunirse periódicamente “a fin de coordinar acciones conjuntas con el propósito de alcanzar una solución satisfactoria a la problemática planteada” por los vecinos del Centro, para garantizar la tutela judicial en este reclamo.

Qué dicen los vecinos

Para el abogado Eduardo Bittar, que representa a los vecinos, “el fallo implica que el sentido común vuelve a reinar en nuestras calles”. “Tuvimos que batallar todos estos meses para visibilizar el reclamo de la inmensa mayoría silenciosa que solo quiere trabajar y desarrollarse en paz, en un contexto económico y social de muchas dificultades. Esperamos el cumplimiento de lo exhortado por la Justicia”, dijo Bittar.

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