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Política / Diputados

"Ley bases". Cómo quedó la reforma laboral tras el acuerdo entre el Gobierno y la oposición dialoguista

Son 15 puntos que incluyen la eliminación de las multas, el cálculo de las indemnizaciones, el fondo de cese laboral y otros temas. Los temas centrales del capítulo laboral del DNU quedaron afuera.

25 de abril de 2024,

14:24
Carolina Ramos
Carolina Ramos
Cómo quedó la reforma laboral tras el acuerdo entre el Gobierno y la oposición dialoguista
Los diputados José Luis Espert y Nicolás Mayoraz, de La Libertad Avanza, en el plenario de comisiones por la "ley bases" (Foto: Federico López Claro)

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En la versión final de la “ley bases”, el Gobierno incluyó en acuerdo con los bloques de la oposición dialoguista un capítulo acotado de reforma laboral: apenas 15 artículos que representan un cuarto de los puntos que la gestión libertaria intentó modificar en el capítulo laboral del DNU 70/2023. Esa reforma no se aplicó porque fue “frenada” por la Justicia.

El proyecto que tuvo dictamen deja afuera los puntos que mayor rechazo gremial habían generado y conserva solo reformas de baja conflictividad, que son las que logró acordar el gobierno de Javier Milei con la oposición dialoguista. A continuación, los puntos principales:

Todo el debate de la “ley bases” minuto a minuto

  • Se eliminan definitivamente las multas por trabajo no registrado con el fin de alentar la contratación en relación de dependencia.
  • El período de prueba tendrá seis meses de vigencia, pero las convenciones colectivas de trabajo podrán ampliar ese período hasta ocho meses en las empresas de seis y hasta 100 trabajadores, y hasta un año en las empresas de hasta cinco trabajadores.
  • En los casos de despido sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración del último año. Se excluye el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual.
  • Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir este régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable. Los empleadores también podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización.
  • La indemnización se agravará en un 50% si el despido está motivado en un acto discriminatorio y hay sentencia judicial que corrobore el hecho, donde la prueba estará a cargo de quien invoque la causal.
  • El trabajador independiente podrá contar con hasta cinco “colaboradores” para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratantes de los servicios u obras.
  • La participación en bloqueos o tomas de establecimientos, ya sean totales o parciales, configurará una “grave injuria laboral” y podrá ser tomada como causal de despido. Además, se establecen penas de entre seis meses y tres años de prisión por impedir, estorbar o entorpecer el acceso a locales o industrias “con el fin de obtener un beneficio o causar un perjuicio”.

Lo que quedó en el camino

De los muchos cambios que el Gobierno pretendía implementar y que no tienen consenso, sobresalen los siguientes puntos:

Cuota sindical opcional. Era el cambio más rechazado por la CGT, ya que limitaba el descuento compulsivo, a todos los trabajadores (afiliados o no), de la llamada “cuota sindical”. Se trata de una suma pactada en los convenios colectivos de trabajo a los efectos de dar sustento financiero a las organizaciones gremiales. Sin esos recursos que son de aporte obligatorio en muchas ramas de actividad, los sindicatos se quedarían sin caja.

Bloqueos sindicales. Se quitó del proyecto el artículo que consideraba como “justa causa” de despido a la participación en bloqueos sindicales o tomas de establecimiento. En cambio, se determinó que este punto sea incorporado al Código Penal, donde se buscará que una persona que impida ingresar a otra un establecimiento comercial o industrial pueda ser reprimido con seis meses a tres años de prisión.

Ultraactividad. Se quitó del proyecto el punto que eliminaba el principio laboral que establece que un convenio colectivo de trabajo mantiene su vigencia hasta tanto no sea reemplazado por otro. Si se hubiese aprobado, implicaba que, en caso de no haber acuerdo de partes entre gremios y empleadores, se abran las negociaciones por rama de actividad, mermando la injerencia de los sindicatos. Se trata de un viejo reclamo del sector empresario.

Multas por trabajo informal. Se quitan las sanciones económicas a empleadores por presentar trabajadores no registrados. Se busca, con esta medida, evitar la “industria del juicio laboral” que, según indicó el diputado radical Martín Tetaz durante su intervención en el plenario de comisiones, “no funcionó para incorporar trabajadores al trabajo registrado”.

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