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Política / Gobierno de Martín Llaryora

Impuestos. Inmobiliario Rural: tras la polémica, la Provincia permitirá diferir los aumentos en cuotas sin interés

Será para inmuebles que registren subas superiores al 172,5%, exceptuando mejoras. Además, contemplará diferir la totalidad del impuesto 2025 para quienes acrediten dificultades económicas. Los detalles.

4 de febrero de 2025,

09:19
Redacción LAVOZ
Redacción LAVOZ
Inmobiliario Rural: tras la polémica, la Provincia permitirá diferir los aumentos en cuotas sin interés
Impuesto Rentas Córdoba. (César Heredia/La Voz)

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En medio de la polémica por el incremento en el Impuesto Inmobiliario Rural 2025, la Provincia anunció en las últimas horas que los inmuebles cuyo aumento supere el 172,5% (exceptuando mejoras) podrán diferir del tributo la diferencia que se obtenga al compararlo con el cedulón de 2024.

Además, detalló que el diferimiento se podrá abonar en cuotas sin interés y que se contemplarán diferimientos del 100% del impuesto 2025 si los propietarios acreditan “dificultades económicas” para cumplir con la obligación.

Inmobiliario Rural, las cinco claves del decreto

La decisión fue comunicada a través del decreto 19 publicado en el Boletín Oficial, donde se detalla:

  • Quiénes. El diferimiento alcanzará a los inmuebles cuyo aumento supere el 172,5%, exceptuando los casos en los que el impacto resulte de mejoras incorporadas.
  • Cuánto se podrá diferir. El monto a diferir será el resultante de la comparación entre el impuesto de 2024 y el de 2025.
  • Cómo se podrá abonar. Se podrá cumplir en un pago, o en cuotas sin interés.
  • Cuando vencerá el diferimiento. El decreto establece como fecha límite de pago el 30 de enero de 2026.
  • Casos especiales. Aquellos propietarios de inmuebles que acrediten dificultades económicas y/o financieras mediante una declaración jurada podrán acceder a un diferimiento total del impuesto Inmobiliario Rural 2025. Los casos serán evaluados por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.

Qué dijo Rentas esta semana sobre el aumento en los impuestos provinciales

Para aquellos contribuyentes que hayan pagado la cuota única el año pasado (gozando de ese descuento) y habiendo estado al día (por lo que recibieron un 30% de rebaja extra por cumplidor), la anualidad de 2025 no debería haber aumentado más que el Ripte.

En la Dirección General de Rentas esperan que en 2025 mejore la recaudación. (La Voz / Archivo)

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Según Lucrecia López, titular de Rentas, “el Ripte es 172%, ese es el límite de las actualizaciones”.

“Las categorías, como lo venimos explicando hace tiempo, son distintas, las valuaciones de los inmuebles son distintas, por ende el cálculo del impuesto es distinto. Para este grupo particular, que es el 1% del total de los contribuyentes de toda la provincia, se hizo un trabajo también muy cuidado, se les avisó que esto iba a suceder”, indicó López en declaraciones radiales a la hora de explicar subas por encima del Ripte.

Qué dijo Llaryora

“Si dejamos de invertir, en 2, 3 o 4 años, no habrá condiciones para el desarrollo”, enfatizó días atrás el gobernador Martín Llaryora.

El mandatario reiteró que los tributos sufrieron actualizaciones previstas con los coeficientes que ya estaban determinados. Y lanzó una sugerencia en ese medio para aquellos que no puedan pagarlos.

“Los que enfrentan dificultades económicas pueden acceder a las exenciones. En Córdoba el que no puede tiene un plan de eximición, así que aquel que no pueda, lo difiere hasta que pueda”, dijo.

“Aumentamos el 30% la cobertura de salud pública, porque frente a la caída de cobertura de salud privada no podíamos dejar a la gente sin atención”, indicó.

Y concluyó: “Nosotros venimos haciendo reformas más fuertes que el Gobierno nacional solamente que con la gente adentro y haciendo infraestructura”.

Qué pasó

Hasta la anualidad 2023, el aumento del impuesto siguiente se hizo con base en la inflación futura estimada. Como en los últimos años desde 2018 la suba de precios fue superando todas las expectativas previas, el tributo se fue atrasando. De hecho, la participación de los patrimoniales no ha dejado de caer en la ecuación recaudatoria provincial.

Por esto, desde el Presupuesto 2024, se decidió aplicar el Ripte no sólo para el cálculo de la anualidad, sino que también la Provincia comenzó a indexar las cuotas para aquellos que optaban por esa modalidad.

El ajuste por Ripte, si bien es más lógico porque tiene en cuenta lo que suben los salarios, sólo contempla a los formales privados y se olvida de los empleados públicos y, fundamentalmente de los informales, que hoy conforman más del 40% de la población y cuyos ingresos subieron muy por debajo de los asalariados registrados.

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Un punto importante es que la norma no dice qué 12 meses se usan para calcular ese Ripte. Deja que lo decida el Ministerio de Economía y Gestión Pública.

El Ripte, a septiembre de 2024 había subido 185,5%; a octubre, 172,5%; y a noviembre, 163,7%. El dato de diciembre seguramente será menor, pero aún no fue publicado.

La decisión del Gobierno es utilizar el aumento del Ripte entre los últimos 12 meses con datos disponibles al momento de hacer los cálculos internamente.

El monto a pagar se calcula como un porcentaje progresivo del valor fiscal del inmueble, tomando las valuaciones establecidas tras el revalúo y ajustando las bases imponibles y las alícuotas sobre cada estrato de modo tal que el impuesto resultante esté en línea con lo que la Provincia llama “coeficiente de equidad tributaria”.

Si el cálculo resultante diera un aumento, por ejemplo, del 200% respecto del pago correspondiente a 2025, el tope sería el 170% del Ripte.

Cómo se calculó

Para el cálculo del Inmobiliario Urbano 2025 se multiplicó el valor de la base imponible de la vivienda por la alícuota, con un monto anual mínimo de $ 22.500 para inmuebles edificados y de $ 20.000 para baldíos.

A los inmuebles edificados de hasta $ 1.397.000 de base imponible, se les aplicó una alícuota del 0,17%. A los que tienen una base de entre $ 1.397.000 y $ 2.243.000, les correspondió un fijo de $ 2.374 más 0,25% de alícuota sobre el excedente de $ 1.397.000.

Hay siete niveles de alícuotas más que suben escalonadamente hasta el máximo de 0,85% para los inmuebles con base imponible de más de $ 60 millones.

Más información, en la web de Rentas Córdoba.

En el caso del Inmobiliario Rural, la Provincia mantuvo las segmentaciones por tamaño de los lotes, pero, como en el caso del Urbano, también se ajustarán las cuotas mensuales en función de un índice. En este caso, como el año pasado, es por el índice de precios mayorista de productos agropecuarios (Ipim) que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

En la presentación en la Legislatura, el ministro de Economía y Gestión Pública, Guillermo Acosta, indicó que se mantienen las valuaciones del año 2020 y el uso del coeficiente de equidad tributaria para el cálculo del impuesto.

Respecto del Impuesto a los Automotores, el tributo se actualizará, como desde hace varios años, en función de las valuaciones de los vehículos que publica la Dirección Nacional de Registro de Propiedad Automotor.

Como el año pasado, tampoco habrá tope en las subas, por lo que seguramente la anualidad llega con fuertes aumentos en los cedulones debido al ajuste en los valores de los vehículos.

Más información, en la web de Rentas Córdoba.

Los que pagaron en cuotas sentirán menos el impacto porque en los últimos pagos ya estaban abonando los valores actualizados.

Fondos

Para los inmuebles urbanos, continúan vigentes los dos fondos agregados por la administración de Martín Llaryora en 2024 y renovados para este año: Fondo de Seguridad Ciudadana y de Mejoramiento de los Servicios Públicos y Sociales, que representa el 4% del impuesto. Y Fondo Provincial de Inclusión Social de Personas con Discapacidad que representa el 2% del impuesto.

¿Qué es el Adicional por revalúo?

Son aquellas mejoras, verificadas por Catastro o que declaró el propietario, que generan modificaciones en el valor de un inmueble. Se da en los siguientes casos:

  • Se incorporaron metros cuadrados edificados (galpón, quincho, cochera, etc.).
  • Se sumaron mejoras descubiertas (piletas, canchas, etcétera).
  • Cambió la superficie del inmueble (Urbano o Rural).
  • Cambió el estado de edificado a baldío, o viceversa.
  • Cambió el tipo de inmueble de Rural a Urbano, o viceversa.
  • Cambiaron las características constructivas (puntaje).
  • Cambió el valor de la tierra (VUT=Valor Unitario de la Tierra).
  • Cambió el coeficiente para la propiedad horizontal.

Se puede consultar la información de cada inmueble aquí.

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