La última vez que un gobernador cordobés expresó su intención de bajar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos fue en 2017, cuando Mauricio Macri los convocó a firmar el Consenso Fiscal. Allí se fijaba un plazo de cinco años para que todas bajaran progresivamente las alícuotas. Duró dos años y se cayó. Y muchas de las jurisdicciones que habían bajado algo, los volvieron a subir.
Una década después, el gobernador Martín Llaryora incluyó para 2026 una rebaja del 30% a una porción de los contribuyentes.
Antes de indagar el alcance real de esa reducción, vale resaltar el gesto de quien parece entender que algo hay que hacer con este impuesto altamente distorsivo. Con un agravante: no existe en otros países. Hay algunos casos de estados subnacionales (en Estados Unidos, Italia o el mismo Brasil) que gravan la renta, nunca la facturación bruta; además, permiten compensar lo pagado en etapas anteriores, para que no se genere una bola de nieve. En Argentina, no: cada insumo que va a una pieza, por caso, y cada pieza que se integra a un producto, paga Ingresos Brutos. Y no paga poco: la alícuota general en Córdoba es del 4,75%. Puede pasar que, cuando lo compre el consumidor final o sea exportado, “adentro” haya hasta 15% de impuesto.
Reducida o gravada
Si el comercio o prestador de servicios es de baja facturación, paga una alícuota reducida. Si es de alta facturación, paga un monto agravado. Para el presupuesto del año que viene, la Provincia redujo del 3,5% al 2,5% la alícuota que pagan los contribuyentes que están incluidos en la reducida, y mantuvo el resto igual. Y acá vienen los reparos. ¿Quiénes son los que están en la reducida? ¿Quiénes son los que están en la agravada?
Para estar en la reducida, el límite de la facturación anual para este 2025 es $ 66 millones y pasará en 2026 a $ 88,1 millones: un ajuste del 29,55% por inflación. La agravada estaba en $ 333 millones y pasa a $ 431,8 millones. Si el comercio facturó entre $ 88,1 y $ 431,8 millones, paga la alícuota general, y si se pasa, tributa la agravada, que va del 5% al 7%, según la actividad.
Quienes se verán beneficiados por la reducción son los que están en la reducida, de $ 88,1 millones de facturación anual. El ministro de Economía de la Provincia, Guillermo Acosta, aseguró que en ese segmento está el 64% de los alcanzados por Ingresos Brutos: unos 52.300 comercios. De todos modos, el monto es bajo: significa facturar 350 mil pesos diarios, $ 7,3 millones al mes.

“Lo que veo en el estudio es que la mayoría está en la general o en la agravada. Comenzaron a pasar todos a la general porque, con la misma facturación, empezaron a sobrepasar los mínimos, los que de 2018 a 2022 estuvieron planchados. Después comenzaron a aumentar por inflación, pero se comieron cuatro años; no reconocieron eso”, dice Nicolás Boglione, asesor tributario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
¿Cuánto es la facturación promedio de un comercio? Boglione da un ejemplo clásico: un comerciante sin empleados, que le carga a sus ventas el 20%, debería estar facturando 10 millones para poder vivir con dos millones de pesos.
El problema del límite tan bajo para estar en la escala reducida, como pasó alguna vez con Ganancias o el monotributo, es la falta de actualización de ese tope.
En 2018, un comercio pagaba la reducida del 3,5% con una facturación de $ 9 millones anuales. En ese año, la categoría más alta del monotributista era de 1,3 millones al año. Es decir que un comercio que facturase hasta siete veces más que el monotributista máximo estaba en la reducida.
“Un negocio de 10, 12 o 15 empleados podía estar tranquilamente en la alícuota reducida”, dice Juan Pablo Velásquez, contador público de varias pymes y asesor en la Legislatura del Partido Libertario sobre este tema. “Pero el valor que estuvo vigente en 2025 fue de 68 millones de pesos, cuando debiera haber sido de 550 millones”, dice. Es más: la escala máxima del monotributo, que permite facturar $ 94,8 millones anuales, excede el tope que se aplica para estar en la alícuota reducida. “Se ha comido el criterio para definir quién es grande y quién es chico y mantener una presión asfixiante en el negocio”, agrega.
Con la agravada, la evolución es aún peor. En 2018, último año que se actualizó con justicia por inflación, el comercio que superara los $ 163 millones anuales pasaba de la alícuota general a la agravada. “Estuvo congelada hasta 2024, es decir que se votaron siete presupuestos en los que se actualizaba todo, pero esto no”, dice Velásquez. Recién en 2025 subió a $ 333 millones anuales, y para 2026, ajustado por inflación, se llevó a $ 431,8 millones. Pero para estar en sintonía con la inflación desde 2018, el tope en 2025 debiera haber sido $ 9.939 millones. Con esta distorsión, un súper chico paga lo mismo que un Carrefour. Hay 35 mil comercios en esta condición.
¿Es factible que el 64% de los comercios cordobeses facture tan poco, en el orden de los siete millones de pesos mensuales? Acá no están los “monotributistas puros”, porque hay un régimen simplificado conjunto con Arca en el que no se paga alícuota, sino un monto fijo mensual, que para 2026 será de $ 19.200 al mes. En Finanzas aseguran que sí, que el 64% de los comercios por mayor y menor “declara” estar en la reducida.
Podría pasar que declaren una facturación baja, pero que en realidad vendan en “negro” y eso no se registra. El planteo acá sería casi ético, porque se estaría beneficiando a quienes subdeclaran. En la Provincia aspiran a que se pueda ir blanqueando la economía; de todos modos el bajo tope del tramo atenta contra eso.
Más cambios
La industria sigue exenta de Ingresos Brutos si factura menos de $ 3.200 millones anuales para 2026. Esta actividad no está tan rezagada: en 2018, la exención estaba por debajo de los $ 100 millones y, si bien no ajustó algunos años, otros sí lo hizo. En 2025 está gravada desde los $ 2.512 millones, y si hubiera ajustado por IPC debiera estar en $ 6.100.
“Está en un 40% de lo que debería estar, no tan rezagado como el comercio. Como tiene más poder corporativo, es posible que se haya acercado esta preocupación al Gobierno en los años anteriores”, dice Velásquez.

Para quienes facturen menos de $ 3.200 millones e inviertan el 1,2% de sus ingresos, se aplicarán los beneficios de la ley de promoción fiscal. Para quienes inviertan en el sur-sur y noroeste de la provincia habrá desgravaciones del 100% de Ingresos Brutos y alícuota cero para las nuevas inversiones en salud y en educación.
En Sellos, según indicó Boglione, se reduce el impuesto sobre los boletos de compraventa de inmuebles y cesiones del 1,5% al 0,7%; se mantiene en el 0,75% el impuesto sobre los contratos de arrendamientos de inmuebles rurales; el 1% el impuesto sobre la inscripción de maquinaria agrícola, tractores y demás, y se mantiene en el 1,5% el impuesto sobre las liquidaciones de las tarjetas de crédito o de compras.
La resignación de recursos por esta rebaja de Ingresos Brutos es de 600 mil millones de pesos para todo 2026. Para tener una dimensión: en octubre, la recaudación total de la Provincia fue de $ 799.626 millones.






























