El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitió la acción de inconstitucionalidad que presentó el sindicato de Luz y Fuerza contra le ley 11.015 que habilitó la transformación de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) en Sociedad Anónima.
La decisión, firmada el 22 de octubre por los vocales Aída Tarditti, Domingo Sesín, Luis Rubio, Luis Angulo, María Marta Cáceres, Sebastián López Peña y Jessica Valentini, implica que el Gobierno provincial y Luz y Fuerza podrán debatir la legalidad de los artículos 33 y 34 de aquella ley, con la que se convirtió en SA a la Epec y el decreto que aprobó el nuevo estatuto social.
El gremio planteó que el nuevo esquema “desconoce la función social del servicio, prioriza el lucro por sobre el interés público y pone en riesgo derechos laborales y de los usuarios”. También advirtió que una sociedad anónima “impide la participación democrática de los trabajadores y de la ciudadanía en la gestión de un servicio esencial”.
En ese sentido, una de las bases argumentativas del sindicato es que el avanzar en el cambio de orden jurídico de la Epec sin hacer partícipe a los trabajadores, el Gobierno provincial afectó al artículo 23 de la Constitución de Córdoba, que en su inciso 8 dice que los trabajadores tienen derecho a “participar de la gestión de empresas públicas”.

Si bien el proceso recién se inicia, la resolución judicial marca un punto de inflexión en la disputa política y judicial en torno al futuro de la Epec. Desde el Gobierno provincial se argumenta que la transformación busca dotar a la empresa de mayor flexibilidad operativa y transparencia, sin afectar su carácter estatal, y ampliando la capacidad de financiamiento privado.
El Ministerio Público Fiscal se había pronunciado en contra de la posibilidad de discutir la inconstitucionalidad de la ley cuestionada. Como se recordará, la transformación de la Epec en una sociedad anónima fue una consecuencia legal de la aplicación del DNU 70/2023, denominado “ley Bases”, unos de los pilares del Gobierno de Javier Milei.
Por los plazos ordenatorios de la resolución del TSJ, se espera que el expediente quede en condiciones de abrirse al debate en el primer trimestre del año próximo.
El caso quedará ahora en manos del propio TSJ, que deberá resolver si la reconversión de la Epec respeta o no los principios constitucionales sobre el rol del Estado en los servicios públicos y los derechos de los trabajadores.
El Gobierno provincial fue notificado de esta decisión del TSJ este martes 28. Ahora, se abre el período de ofrecimiento de pruebas por parte de la Provincia y de Luz y Fuerza.
























