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Política / Oscar González

Presunto enriquecimiento. Confirman embargos por U$S 424 mil sobre los bienes de Oscar González y sus hijos

Lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.

26 de mayo de 2025,

07:55
Federico Noguera
Federico Noguera
Confirman embargos por U$S 424 mil sobre los bienes de Oscar González y sus hijos
Oscar González. (José Gabriel Hernández/Archivo)

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La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó este viernes el embargo de 424 mil dólares sobre los bienes de los hijos y del exlegislador Oscar González (77), imputado por presunto crecimiento patrimonial no justificado y maniobras de lavado de dinero, tras haber convalidado días atrás su prisión domiciliaria.

De qué está acusado Oscar González

La causa por enriquecimiento ilícito y lavado de activos no está relacionada judicialmente con el choque que protagonizó en 2022 en el Camino de las Altas Cumbres. En ese hecho murió la docente Alejandra Bengoa y dos adolescentes terminaron con graves heridas y secuelas.

La acusación federal, a cargo del fiscal N° 3, Maximiliano Hairabedian, tiene origen en la denuncia de la legisladora Luciana Echevarría, quien cuestionó traspasos de bienes que habría realizado González a sus familiares luego del siniestro vial.

Tras analizar diversos elementos probatorios, el fiscal sostuvo que González no pudo demostrar que los ingresos que recibió como funcionario y legislador sean suficientes para explicar el crecimiento patrimonial de sus declaraciones de bienes.

Por ese motivo, lo acusó de enriquecimiento ilícito y lavado de activos y pidió la detención de González, la que se materializó en febrero en la modalidad de prisión domiciliaria (tiene 77 años), con tobillera electrónica.

Domiciliaria y embargo a los González

En los últimos días, surgieron dos novedades en la causa: la primera, relacionada con la domiciliaria, y la segunda, con los embargos sobre los bienes de González.

La Sala A de la Cámara Federal confirmó la domiciliaria a González dictada por el juez N° 3, Miguel Hugo Vaca Narvaja al considerar que persisten los riesgos procesales, en particular, que el exfuncionario entorpezca la investigación o eluda a la Justicia.

La Cámara estableció que la domiciliaria tenga un plazo inicial de cuatro meses, que podrá ser prorrogada por el juez.

El mismo magistrado había también ordenado en marzo el embargo sobre los bienes de González y sus hijos, Oscar Martín González, Ana Carolina González y Diego Raúl González, hasta cubrir 424.095,89 dólares. En caso de inexistencia o desconocimiento de bienes que puedan ser objeto del embargo preventivo o si los mismos fueran insuficientes se dispondrá la inhibición general de bienes.

Al justificar la medida, Vaca Narvaja señaló que de la imputación se desprende la existencia de elementos que permiten sospechar provisoriamente sobre la existencia de los hechos y la participación de González.

Al respecto, precisó que de acuerdo con el grado de sospecha alcanzado, la demora para concluir con la recepción de la prueba y su posterior valoración podría frustrar la posibilidad de hacer efectiva la pena pecuniaria que amenaza a los delitos atribuidos.

Puntualizó que los bienes presuntamente implicados en los delitos enrostrados al exfuncionario habrían sido transferidos mediante una donación a favor de sus hijos durante el trámite de la causa del siniestro investigada por la Justicia provincial.

En cuando al monto de los embargos, el juez señaló que los importes propuestos por el fiscal se ajustaban a los parámetros que rigen a este tipo de medidas cautelares, ya que el monto se ajusta al valor declarado en las operaciones inmobiliarias y tenencias presuntamente injustificadas de dinero.

El monto, según argumentó Vaca Narvaja, fue expuesto en dólares teniendo en cuenta la cotización del dólar venta según el Banco Central al momento de la adquisición de los bienes sospechados, a los efectos de sortear los inconvenientes de la depreciación de la moneda nacional, desde las maniobras bajo investigación hasta la fecha de imputación.

Los abogados del exlegislador, Miguel Ortiz Pellegrini y Leandro Ortiz Morán, apelaron la medida. Sostuvieron que no existen fundamentos que den sustento a los montos de los embargos, ni la vinculación que tiene con los hechos imputados. También alegaron que desconocían cómo se llegó a la cifra de U$S 424.095,89, por lo que consideraron un monto arbitrario.

Los defensores cuestionaron que el juez haya señalado que la transferencia realizada por González mediante donación a favor de sus hijos haya sido consecuencia del avance de la causa penal en su contra en la Justicia provincial. Sobre ese punto, afirmaron que no existe evidencia en ese expediente del alegado desapoderamiento.

Los camaristas federales Montesi, Ávalos y Sánchez Torres. (Archivo/La Voz)
Los camaristas federales Montesi, Ávalos y Sánchez Torres. (Archivo/La Voz)

A su vez, respecto a las donaciones de bienes a sus hijos, la defensa planteó que tal transferencia efectuada por parte del matrimonio de González-Emma Senesi fue motivada por la disolución de la sociedad conyugal convenida, que no llegó al divorcio por fallecimiento de su esposa. Remarcó que esa donación fue en el marco del ejercicio de sus derechos constitucionales de usar y disponer de su propiedad.

Por otro lado, sobre el monto de los embargos, los abogados expusieron que el juez incurrió en argumentos contradictorios al sostener, por un lado, que la cifra fue determinado en base al valor declarado en las operaciones inmobiliarias y tenencias injustificadas de dinero para, luego, señalar que el monto es estimativo y aproximativo de tales operaciones.

Sin embargo, la Cámara –integrada por Abel Sánchez Torres, Eduardo Ávalos y Graciela Montesi- confirmó el embargo. El autor del primer voto, Sánchez Torres, indicó que la defensa no cuestionó que no se dieran los presupuestos para el dictado de la medida cautelar sino que tan solo objetó la cuantía del embargo.

El vocal resaltó que Vaca Narvaja brindó argumentos a pesar de que la defensa no los comparta y rechazó así cualquier arbitrariedad.

Respecto al cálculo del valor de las propiedades, el camarista sostuvo que “idónea y razonable” la decisión del juez de tomar el valor declarado en las operaciones inmobiliarias y las cotización del dólar venta “a fin de sortear los embates de nuestra economía, asegurando el objeto de la medida”.

Pero, por el contrario, entendió “que el cálculo propuesto por la defensa implica convertir al valor actual del dólar los precios históricos de compra de cada una de las propiedades, lo cual resulta a todas luces irrazonable, toda vez que no reflejaría los valores reales de dichas operaciones”.

Los camaristas sostuvieron que tampoco advirtieron que el juez haya caído en una contradicción al aclarar que el monto resultaba estimativo, ya que el avance de la causa irá arrojando precisiones sobre las operaciones y montos.

“Los argumentos defensivos expuestos en el recurso deducido sólo se presentan como meros intentos de colocar al imputado en mejor posición frente al proceso, pero que no logran conmover el criterio y decisión adoptados por el juez”, agregaron.

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