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Negocios / Impuestos

Impuesto a las Ganancias. Si se aprueba la nueva ley, ¿cómo cambiará el pago del tributo?

Habrá un grupo de empleados que empezará a tributar, aunque con montos bajos. Se eliminaría el impuesto cedular y volverían a habilitarse las deducciones. ¿Qué pasa con los primeros meses de 2024?

13 de abril de 2024,

00:04
Paula Martínez (Especial)
Si se aprueba la nueva ley, ¿cómo cambiará el pago del tributo?
CON LA NUEVA LEY. Qué sueldos pagarán el Impuesto a las Ganancias y cuáles serán las deducciones. (Foto: Afip)

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Si el Congreso nacional aprueba el proyecto de reformas fiscales que fue enviado esta semana por el Poder Ejecutivo, los empleados y jubilados volverán a tener un cambio importante en el pago del Impuesto a las Ganancias.

El texto de la iniciativa denominada “Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” incluye un título que modifica el impuesto que había sido cambiado a instancias de Sergio Massa en octubre y que comenzó a aplicarse el 1° de enero de 2024.

AFIP

Empresas

Impuesto a las Ganancias: cuánto pagarán los trabajadores a partir de enero

Paula Martínez (Especial)

El proyecto da marcha atrás con esas modificaciones, eliminando el impuesto cedular creado en ese momento, y volviendo a la forma de cálculo original de Ganancias, con la escala progresiva de alícuotas del 5% al 35%.

Para esto, se modifican los valores de la ganancia mínima no imponible y las deducciones que conforman el piso a partir del cual se comienza a tributar.

Si los cambios se aprueban, las personas comenzarán a pagar desde un nivel de ingreso menor al vigente a partir de enero de 2024, pero empezarán tributando un monto muy bajo (en los primeros tramos, es menos del 1% del sueldo). Retoman así la progresividad del impuesto.

Impuesto a las Ganancias: ¿qué cambiará si se aprueba la reforma?

Salvo excepciones (puestos jerárquicos y directivos), los empleados y jubilados tributan este viernes con la figura de un Impuesto cedular, que tiene una deducción única de 180 salarios mínimos, vitales y móviles por año.

En promedio, son 15 salarios mínimos por mes (incluyendo el proporcional de aguinaldo), a valores de enero. Esto es, un sueldo bruto de $ 2.340.000.

Si a este monto se le saca la 12° parte del aguinaldo y se le descuentan los aportes obligatorios, el piso para comenzar a pagar Ganancias está hoy en $ 1.792.800 de salario neto.

Impacto en el bolsillo. El Gobierno sigue sin dar precisiones sobre cómo cambiará el Impuesto a las Ganancias (AP/Archivo).

Política

Ganancias. El piso del nuevo proyecto es de $ 1.800.000 para solteros y $ 2.300.000 para casados con hijos

Corresponsalía Buenos Aires

Además, esos 15 salarios mínimos son la única deducción permitida por la ley de Ganancias. Por lo tanto, no se pueden realizar deducciones de cargas de familia ni otras, con la excepción del servicio doméstico y aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) que están en leyes específicas.

Ahora, el proyecto de reforma elimina el impuesto cedular y prevé para el año fiscal 2024 una ganancia no imponible anual de $ $ 3.091.035, una deducción especial para empleados de $ 14.836.968 al año y una deducción equivalente al aguinaldo.

Así, un asalariado comenzaría a tributar a partir de un sueldo neto de $ 1.494.000 ($ 1.800.000 bruto).

Impuesto a las Ganancias: ¿quiénes empezarían a pagar?

De esta manera, una vez que se aprueben los cambios, quienes cobren de bolsillo entre $ 1.494.000 y $ 1.792.800 van a empezar a pagar el impuesto desde el mes que rija la nueva ley.

Si bien el Impuesto a las Ganancias es un gravamen anual (que se va pagando mes a mes) y las nuevas condiciones se aplicarían desde el 1° de enero, los empleados que no tributaron por estos meses no tendrán un pago retroactivo.

Es que el texto de la ley aclara, expresamente, que se podrá computar una deducción especial equivalente a la diferencia por la aplicación de la ley vigente y la nueva ley, generada entre el 1° de enero de 2024 y el último día del mes anterior a la entrada en vigencia de las modificaciones.

Impuesto a las Ganancias: ¿cuánto tributarán los empleados?

La modificación propuesta por el nuevo proyecto vuelve a darle progresividad al impuesto a las Ganancias, con una escala de alícuotas desde el 5% al 35%.

Esto es un cambio importante respecto al impuesto cedular que dejaba en cero a quienes estaban por debajo del mínimo no imponible y aplicaba una tasa desde el 27% (hasta el 35%) a quienes estaban apenas por encima.

Con este cambio, quienes están en el límite actual, con un ingreso neto de $ 1.792.000, que hasta ahora no tributaban nada, ahora comenzarán a pagar $ 25.760 por mes. Es el 1,4% del salario neto. Quienes cobren menos, tendrán una carga menor.

En tanto, los sueldos netos de $ 2 millones pagarán $ 59.140 de impuesto mensual, equivalente a menos del 3% del ingreso de bolsillo.

Impuesto a las Ganancias: ¿qué pasa con las deducciones?

Por otra parte, la modificación propuesta vuelve a habilitar las deducciones personales que cada uno puede incluir en su declaración (vía Siradig, en el caso de empleados y jubilados) para reducir la base imponible y alivianar la carga del impuesto.

El texto prevé una deducción anual de $ 1.468.096 por cada hijo menor de 18 años (o el doble si fuera discapacitado, sin límite de edad) y, además, $ 2.911.135 por año por cónyuge o conviviente, siempre y cuando este no tenga ingresos superiores a $ 3.091.035 por año.

Así, una persona con dos hijos pagaría el impuesto a las Ganancias a partir de un sueldo neto de $ 1.738.682 por mes y si, además, tiene una pareja conviviente con ingresos bajos, tributará a partir de $ 1.981.277.

Impuesto a las Ganancias: ¿cómo será el pago del aguinaldo?

El proyecto elimina la modalidad de cálculo de la percepción sobre los sueldos de empleados y jubilados que preveía un pago adelantado del medio aguinaldo, ya que adicionaba una doceava parte al salario mensual a partir de enero y, en junio, compensaba la diferencia.

Ahora, se tributará el Impuesto a las Ganancias cuando se cobre efectivamente el aguinaldo. Pero, como novedad, se agrega una deducción especial equivalente a la doceava parte de las deducciones (ganancia no imponible, deducción especial y cargas de familia). De esta manera, opera como si el aguinaldo estuviera exento.

Impuesto a las Ganancias: ¿qué pasa con el ejercicio 2023?

El proyecto ratifica por ley las modificaciones que se implementaron por decreto a partir de octubre de 2023 (una nueva escala de alícuotas y un piso más alto).

De esta manera, no habrá que implementar un cobro retroactivo.

Para dar tiempo a que se sancione esta reforma, la Afip postergó el plazo de información de las deducciones y las percepciones de 2023 vía Siradig, hasta el 30 de abril de 2024. Y además, estableció que los empleadores deberán realizar la liquidación final del Impuesto a las Ganancias del año fiscal 2023 hasta fines de mayo.

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