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Negocios / Coronavirus

El Gobierno oficializó el regreso del “barril criollo” a 45 dólares y estableció requisitos para las empresas productoras

Ese será el precio que tendrá el crudo en el mercado local y que regirá hasta el 31 de diciembre o hasta que el Brent supere ese valor.

19 de mayo de 2020,

09:18
Corresponsalía
El Gobierno oficializó el regreso del “barril criollo” a 45 dólares y estableció requisitos para las empresas productoras
Imagen ilustrativa (AP/Archivo).

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El Gobierno nacional oficializó este martes el retorno del denominado “barril criollo” a 45 dólares con el que se busca sostener los proyectos productivos como Vaca Muerta y el nivel de las regalías de las provincias frente al duro desplome que registró el petróleo en el mercado internacional por la crisis que desató el coronavirus.

La medida se estableció mediante el decreto 488 publicado en el Boletín Oficial. “A partir de la publicación del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2020, las entregas de petróleo crudo que se efectúen en el mercado local deberán ser facturadas por las empresas productoras y pagadas por las empresas refinadoras y sujetos comercializadores, tomando como referencia para el crudo tipo Medanito el precio de 45 dólares por barril. Este precio será ajustado para cada tipo de crudo por calidad y por puerto de carga, utilizando la misma referencia, de conformidad con la práctica usual en el mercado local”, indicó el texto.

La decisión se tomó mientras el crudo Brent que se extrae en el Mar del Norte se negocia en Londres a 34,68 dólares  para los contratos de julio en el mercado exterior, aún muy por debajo de los niveles que, según los especialistas del sector, hacen rentable la inversión en la Argentina.

Sobre esto último, el Gobierno aclaró en la resolución que el barril criollo regirá hasta el 31 de diciembre próximo o hasta que la cotización del Brent supere su valor durante un período de 10 días consecutivos.

“Durante la vigencia del presente artículo, el precio establecido en el primer párrafo, o el que eventualmente fije la Autoridad de Aplicación en uso de las atribuciones conferidas en el primer párrafo del artículo 4° de este decreto, será de aplicación en todos los casos de entregas de crudo en el mercado local para la liquidación de las regalías hidrocarburíferas establecidas en el artículo 59 de la Ley N° 17.319”, remarcaron.

Además se remarcó que “las empresas productoras deberán sostener los niveles de actividad o de producción registrados durante el año 2019, tomando en consideración la situación actual de contracción de la demanda local e internacional, tanto del petróleo crudo como de sus derivados, producto de los efectos de la pandemia de Covid-19”.

“Las empresas productoras deberán aplicar idéntico criterio al sostenimiento de los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y deberán mantener la planta de trabajadores y trabajadoras que tenían al 31 de diciembre de 2019. Ello se realizará en un marco de consenso con las organizaciones de trabajadores y en procura conjunta de alcanzar modalidades laborales que mejoren la eficiencia, la tecnología y la productividad y que estén acordes con las mejores prácticas nacionales e internacionales de la industria de los hidrocarburos”, se advirtió en el decreto.

En ese sentido, también la Secretaría de Energía “controlará que las empresas productoras cumplan con el Plan Anual de Inversiones” y “aplicará sanciones” si es que no se llevan adelante esos proyectos.

Otra de las condiciones que se definió es que mientras rija el barril criollo, “las empresas productoras no accederán al mercado de cambios para la formación de activos externos ni adquirirán títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia de custodia al exterior”.

“Durante el plazo de vigencia de la medida dispuesta, las empresas refinadoras y sujetos comercializadores deberán adquirir el total de la demanda de petróleo crudo a las empresas productoras locales, contemplando la calidad de crudo que requieran los procesos de refinación, en cada caso”, indica el decreto.

Y aclara que “en el caso de las empresas integradas, de resultarles necesaria la compra de crudo por encima de su propia producción y de la de sus socios, efectuarán dichas compras con parámetros similares a los de 2019, contemplando la calidad de crudo que requieran los procesos de refinación en cada caso”.

“Durante el mismo plazo, las empresas integradas, las refinadoras y los sujetos comercializadores no podrán efectuar operaciones de importación de productos que se encuentren disponibles para su venta en el mercado interno y/o respecto de los cuales exista capacidad efectiva de procesamiento local”, definieron en el Gobierno nacional.

Antes de que se oficialice la medida, comenzaron a realizarse algunos análisis respecto al retorno del barril criollo a 45 dólares, que indicaron que la medida podría aportar unos 16.345 millones de dólares hasta fin de año a las provincias petroleras, generando un flujo mensual superior a los .000 millones para el conjunto de jurisdicciones.

Así lo calculó la consultora Aerarium en base a las conversaciones que el gobierno nacional mantuvo con las provincias y con las petroleras frente al histórico desplome del precio internacional del crudo.

"Al margen de las empresas petroleras, los grandes beneficiarios de la medida son las provincias productoras, las cuales se ven beneficiadas por las regalías cobradas sobre el valor en boca de pozo de la producción", destacó el trabajo.

A fines de evaluar el impacto del precio sostén, se estimó el diferencial de regalías comparando el escenario con barril criollo (U 45/bbl) frente al precio vigente (U 30/bbl).

A partir de la referencia de la producción promedio del primer trimestre de cada una de las jurisdicciones productoras para el período mayo-diciembre, se registraría un incremento en regalías de $ 16.345,1 millones hasta fin de año, concentrándose el 92% del beneficio en 4 jurisdicciones: Chubut, Mendoza, Neuquén y Santa Cruz.

Así, de acuerdo al reporte de Aerarium, Neuquén sería la provincia más beneficiada con la recepción en regalías por$ 5.142,7 millones para el período de mayo a diciembre, es decir unos $ 642,8 millones al mes, junto a Chubutque recibiría ingresos por $ 4.938,3 hasta fin de año.

El impacto se refleja de manera decreciente en el resto de las provincias productoras y representaría para Santa Cruz $ 2.742,7 millones; Mendoza $ 2.198,6; Río Negro $ 774,6 millones; La Pampa $ 254,3 millones; Tierra del Fuego $ 224,7 millones; Salta$ 37,2 millones y Formosa $ 31,9 millones.

Si bien existen 9 provincias productoras de petróleo, el 86% de la producción se concentra en la Patagonia, por eso el trabajo plantea que "el restablecimiento del barril criollo representa un salvavidas para los fiscos (y la actividad económica) de dicha región, teniendo en cuenta que los ingresos por regalías representan una fuente de recursos fundamental para las jurisdicciones integrantes".

En estas provincias, las regalías al petróleo representan casi el 70% de sus fuente de recursos, ante un contexto en que el estancamiento del nivel de actividad desde el año pasado, sumado a la caída en el precio del petróleo y el impacto del aislamiento social sobre la recaudación propia y las transferencias por coparticipación constituían una fuerte afectación a las finanzas patagónicas.

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