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Negocios / Impuestos

De monotributista a autónomo: de cuánto es el costo de “dar el salto”

Mientras se espera que el Gobierno presente el programa “Simple”, como un régimen simplificado para autónomos, los independientes que quedan fuera del Monotributo enfrentan un fuerte aumento de costos y de trámites.

6 de octubre de 2023,

00:05
Paula Martínez
De monotributista a autónomo: de cuánto es el costo de “dar el salto”
El Congreso tiene a su cargo analizar el proyecto "Simple", para autónomos. (La Voz / Archivo)

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Los trabajadores autónomos apenas fueron beneficiados por la catarata de medidas que dictó el Gobierno, luego de las elecciones primarias de agosto. Una de las promesas para los independientes es el envío al Congreso de un proyecto de ley para implementar un esquema denominado “Simple”, parecido al Monotributo, pero para autónomos de hasta 15 salarios mínimos vitales y móviles.

SEDE. De la Afip en Buenos Aires (Captura de Google Street View).

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La Afip modificó régimen de retención de Ganancias para autónomos

Redacción LAVOZ

Todavía los detalles no se conocen, pero el texto es muy esperado porque el costo de pasar de ser un pequeño contribuyente a tributar bajo el régimen general es muy alto.

No sólo se trata de una mayor presión fiscal, sino que la carga administrativa es mucho más elevada en el caso de los autónomos.

Además, los contribuyentes del régimen general están sujetos a retenciones, percepciones y otros pagos a cuenta que anticipan el cobro de los impuestos. Esto genera un costo financiero y muchas veces son saldos a favor casi imposibles de recuperar. Por el contrario, los del Monotributo no están incluidos.

¿Monotributista o autónomo?

Hasta ahora, en Argentina hay dos sistemas diferentes para tributar: el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) y el régimen general.

El primero es sólo para personas físicas, por lo tanto, quienes tienen un negocio estructurado como una persona jurídica (sociedad u otro) no tienen otra opción que ir por el régimen general.

AFIP_Monotributo

Negocios

Monotributo: por qué nadie quiere quedar fuera del régimen simplificado

Paula Martínez

El primer punto relevante para elegir es la simplificación.

Aunque el Monotributo dista de ser un sistema sencillo, es mucho menos complejo y, sobre todo, requiere menos trabajo administrativo que el otro.

La principal limitante para estar en el régimen simplificado es el nivel de facturación. El tope de ingresos brutos es de $ 7.996.484 anual para prestadores de servicios ($ 666.373 promedio mensual) o de $ 11.379.612 para quien vende cosas muebles (Comercio), con un promedio de $ 948.301 por mes.

Quienes superan esos límites, deben inscribirse en el régimen general.

Pago simplificado

Los monotributistas pagan una cuota única por mes, que depende de la categoría en la cual están y que, a su vez, está en relación con el nivel de facturación en los 12 meses previos y con otros parámetros, como alquileres pagados, energía consumida y superficie de la actividad.

Este pago único mensual incluye distintos componentes:

  • Impuesto integrado, que comprende IVA y Ganancias.
  • Aporte jubilatorio
  • Obra social.

Estos tres rubros se destinan al organismo recaudador nacional, la Administración Nacional de Ingresos Públicos (Afip).

Además, en las provincias que tienen convenio con la Nación, como es el caso de Córdoba (fue la primera del país), el Monotributo Unificado incluye también el pago del impuesto provincial Ingresos Brutos. Y, en algunas menos, también se suma la tasa municipal sobre la actividad.

En Córdoba, entonces, en los municipios con convenio (no alcanza a todos, pero sí a los más grandes), la cuota mensual del Monotributo comprende el impuesto integrado de Afip, la cobertura de salud y jubilatoria, Ingresos Brutos y las tasas municipales.

Otra ventaja es que los pequeños contribuyentes de las provincias con Monotributo Unificado tienen que hacer un único trámite de inscripción en la Afip y ya están incorporados en las otras dos jurisdicciones (provincia y municipio). Lo mismo sucede cuando cambian de categoría, agregan una actividad o modifican cualquier dato.

Autónomos con más carga administrativa

En cambio, los independientes que, por su mayor facturación o por otra razón, deben pasar al régimen general tienen que:

  • Inscribirse en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y presentar declaraciones juradas todos los meses para calcular saldos entre compras y ventas, y pagar la diferencia.
  • Inscribirse en el Impuesto a las Ganancias, presentar una declaración jurada anual y pagar los anticipos que correspondan. Estos autónomos tienen deducciones muchísimo más bajas que un empleado o un jubilado, y tributan desde un ingreso neto de $ 2.032.574,4 al año ($ 169.381,20 promedio mensual).
  • Abonar la cuota de autónomos a la seguridad social (salvo que la persona aporte a una caja profesional o sea empleado en relación de dependencia).
  • Inscribirse, presentar declaraciones juradas mensuales y pagar el impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Registrarse, realizar las presentaciones mensuales y abonar las tasas municipales sobre la actividad económica (Comercio e Industria, en la ciudad de Córdoba).

Los profesionales tienen algo de alivio en Córdoba porque están exentos de Ingresos Brutos y tasas municipales.

Costos comparados de crecer

Con este marco, el salto de pasar del Monotributo al régimen general es muy alto en varios sentidos.

En el caso de un prestador de servicios monotributista puro de la última categoría (H), en Córdoba paga $ 44.947 por mes ($ 31.347,16 a la Afip, 11.090 a la provincia y $ 2.510 a la Municipalidad). Es un 6,75% de la máxima facturación permitida ($ 666.374 promedio por mes).

Un comerciante de la categoría K paga $ 72.347 por mes en las tres jurisdicciones, 7,63% de la facturación máxima de $ 948.301 promedio mensual.

Esta persona tiene una administración simple porque sólo tiene que preocuparse de abonar la cuota mensual, informar a la Afip si modifica algún dato y revisar su categoría cada seis meses.

Pero si la persona supera apenas ese tope de facturación (por ejemplo, con un ingreso bruto anual de $ 8.400.000 o $ 700 mil por mes), debe abonar: el 21% del IVA sobre el saldo entre sus compras y sus ventas, y la alícuota de Ingresos Brutos y la contribución municipal según su actividad.

Una vez al año, deberá abonar el Impuesto a las Ganancias. Suponiendo un gasto deducible de un 20% (ingreso neto de $ 6.720.000 al año o $ 560 mil por mes), tributará $ 1.164.205 al año ($ 97.017 por mes).

Sólo el pago de este impuesto duplica la cuota mensual más alta de un monotributista prestador de servicios.

Pero aquí no terminan las obligaciones de los autónomos. También hay que sumar el aporte personal a la seguridad social con destino a la jubilación (obligatorio para todos los independientes que no tengan aportes a ninguna caja previsional).

El monto se actualiza cada tres meses (para el Monotributo es una vez al año) y desde septiembre 2023 va desde $ 15.710 a $ 69.123,12 por mes. Si bien hay varias categorías, como los límites están totalmente desactualizados, la mayoría está en el último escalón.

Otro tema no menor es que la cuota de los monotributistas incluye un pago a la obra social, mientras que los autónomos no tienen ningún pago al sistema de salud, por lo que sí o sí tienen que abonar la cobertura por su cuenta.

Cómo sería el esquema “Simple”

Con este mayor costo, en 2021 se estableció un régimen puente para quienes pasan del Monotributo al régimen general, que aumenta las deducciones de Ganancias, reduce en parte el IVA y tiene otros pequeños beneficios durante un tiempo.

Como esto es insuficiente, ahora el Gobierno enviaría un proyecto para un esquema denominado “Simple”, diferente del Monotributo y del régimen general.

El texto todavía no se conoce, pero tendría estas características:

  • Para independientes con ingresos hasta el equivalente a 15 salarios mínimos vitales y móviles (a valores de octubre 2023, serían $ 1.980.000 por mes, frente a los $ 666.374 promedio mensual del Monotributo).
  • Un pago único mensual que incluya IVA, Ganancias y seguridad social (similar al impuesto integrado del Monotributo).
  • Ese monto sería un porcentaje de la facturación.
  • Abarcaría sólo a personas físicas y microempresas hasta tres empleados.

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