El Gobierno argentino implementó una medida que simplifica significativamente los requisitos de ingreso para ciudadanos de la República Popular China y la República Dominicana que posean un visado válido y vigente para los Estados Unidos de América en la misma categoría migratoria. Esta nueva disposición, plasmada en la Resolución 316/2025, fue firmada por Lisandro Catalán, vicejefe de Gabinete del Interior, y publicada en el Boletín Oficial el lunes 21 de julio, entrando en vigencia este martes.
La normativa establece que los ciudadanos de China y República Dominicana titulares de pasaporte ordinario que cumplan con la condición de tener una visa estadounidense no necesitarán un visado consular argentino ni la Autorización de Viaje Electrónica (AVE) para ingresar al país.
Condiciones específicas por nacionalidad
- Para los nacionales de la República Dominicana, la exención se aplicará exclusivamente para ingresos de carácter transitorio, bajo el inciso a) del artículo 24 de la Ley 25.871, con un plazo máximo de permanencia de 90 días.
- En el caso de los ciudadanos chinos, el beneficio alcanza a las subcategorías de “turistas” y “hombres de negocios”, con un plazo máximo autorizado de 30 días.
Fundamento de la decisión y confianza en controles externos
La decisión se fundamenta en el principio de reciprocidad y en la confianza en los controles migratorios de terceros países. El texto oficial señala que la eximición del visado consular radica en “confiar en los mecanismos de control que realizan algunos países para la emisión de sus visados, de modo de considerar por cumplidas las verificaciones que habitualmente realizan los funcionarios consulares argentinos”. Esto aplica para países que encuadren en criterios rigurosos de contralor conforme el criterio de las autoridades argentinas.
Antecedentes y contexto internacional
Esta no es la primera vez que Argentina flexibiliza el visado para ciudadanos chinos. El Decreto 892/16 ya había eximido del requisito de visado consular a ciudadanos chinos con visa estadounidense o europea vigente, y la Resolución 416/18 amplió la nómina de nacionalidades beneficiarias del régimen de AVE.
Además, esta medida se da en un contexto de acciones recíprocas. Recientemente, la República Popular de China decidió eximir unilateralmente de visado a ciudadanos argentinos, brasileños, chilenos, peruanos y uruguayos hasta el 31 de mayo de 2026, con el objetivo de facilitar el turismo y promover el intercambio cultural y comercial.
Excepciones y aspectos administrativos
La resolución establece que quienes no cumplan con los requisitos detallados deberán tramitar la visa en las representaciones consulares argentinas. Asimismo, los beneficiarios de esta flexibilización no podrán solicitar un cambio de categoría migratoria. Sin embargo, se podrá prorrogar la permanencia autorizada por única vez por un período similar, previa evaluación de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
La Dirección Nacional de Migraciones, bajo la órbita de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, será la encargada de implementar los mecanismos administrativos y técnicos para la aplicación de esta medida.
Parte de una reforma migratoria integral
Esta flexibilización se enmarca en una importante reforma migratoria que el Gobierno oficializó a finales de mayo. Por medio del Decreto 366/2025, el Poder Ejecutivo Nacional introdujo cambios en la Ley de Migraciones N° 25.871. Entre las modificaciones se incluyen:
- Criterios más estrictos para la admisión y permanencia de extranjeros.
- Cambios en el acceso al sistema de salud y educación.
- Redefinición de las categorías de residencia.
El Gobierno reconoció la necesidad de adaptar su política migratoria a las nuevas realidades, buscando evitar el ingreso de personas que puedan representar un riesgo para la seguridad pública y asegurar que los inmigrantes ingresen de manera legal y con intenciones claras y legítimas.