La ciudad de Córdoba avanza hacia la regulación formal de las plataformas de transporte como Uber, Didi y Cabify. La Comisión de Servicios Públicos del Concejo Deliberante firmó el despacho del proyecto de ordenanza que fija las condiciones para que estos servicios puedan funcionar legalmente. El debate se inició hace más de dos años, pero cobró impulso tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia que habilitó provisoriamente a Uber.
Para que una empresa de transporte a través de aplicaciones pueda operar de manera legal en la ciudad, deberá cumplir con una serie de requisitos detallados en el proyecto, que contempla obligaciones tanto para las plataformas como para los propietarios y conductores de los vehículos, e incluso para los autos utilizados.
A continuación, se detallan los principales puntos del proyecto, pensados para garantizar el control municipal, la seguridad de los pasajeros y el equilibrio con el sistema de taxis y remises:
1. Requisitos para las plataformas electrónicas
Las empresas que operan aplicaciones como Uber, DiDi o Cabify deberán:
- Estar registradas como persona jurídica ante la autoridad de contralor societaria nacional (de acuerdo a las leyes 19.550 y 27.349).
- Establecer domicilio legal en la ciudad de Córdoba.
- Estar inscriptas en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), en la Dirección General de Rentas y en Comercio e Industria.
- Presentar el contrato social o estatuto y el acta de designación de autoridades.
- Contar con habilitación comercial municipal vigente.
- Tener una póliza de seguros acorde a las exigencias de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Además, la plataforma debe incorporar un sistema de evaluación de conductores visible para los usuarios y un registro virtual de reclamos y sugerencias.
2. Inscripción y control digital
Todas las gestiones se harán a través del Registro Digital Municipal, utilizando firma electrónica. Esto aplica a empresas, propietarios y choferes. La ordenanza adhiere a las normas provinciales de modernización administrativa, lo que habilita la validación de trámites sin soporte papel.
3. Límites a la cantidad de vehículos habilitados
El proyecto fija un cupo máximo de vehículos habilitados: uno por cada 375 habitantes permanentes de Córdoba. Según el Censo 2022, esto representa hasta 3.998 autos autorizados en total. Este punto es uno de los más controvertidos del proyecto, ya que limita la expansión de las aplicaciones y busca evitar un impacto negativo sobre el sistema de transporte tradicional.
4. Requisitos para los propietarios de vehículos
Quienes deseen poner su auto a disposición del sistema deberán:
- Inscribirse en el Registro Digital Municipal.
- Estar inscriptos en Arca.
- Presentar certificado de antecedentes nacional y provincial, sin causas ni condenas penales.
- Acreditar que el auto está radicado y empadronado en la ciudad de Córdoba.
- Tener una póliza de seguro que cubra vehículo, pasajeros y equipaje.
- Enviar imágenes digitales actualizadas del vehículo. La Municipalidad podrá pedir también una inspección presencial.
5. Requisitos técnicos para los vehículos
Los autos que presten el servicio deberán cumplir con estas condiciones:
- Motor con cilindrada mínima de 1.000 cm³.
- Antigüedad máxima de 10 años.
- Inspección Técnica Vehicular (ITV) vigente.
- Capacidad para hasta siete pasajeros.
- Baúl con lugar para al menos dos valijas medianas.
- Aire acondicionado frío/calor.
- Identificación visible con el logo de la aplicación o sistema determinado por el municipio.
6. Requisitos para los conductores
Las personas que manejen los vehículos deberán:
- Estar inscriptas en el Registro Digital Municipal.
- Tener DNI vigente.
- Poseer licencia de conducir categoría D1 (habilita transporte de hasta ocho pasajeros).
- Contar con póliza de Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) o Seguro de Accidentes Personales.
- Acreditar certificado de antecedentes nacional y provincial, y no figurar en el registro de personas condenadas por delitos sexuales.
7. Sistema de tarifas
Se establece un esquema mixto:
- Valor mínimo obligatorio: no podrá ser inferior a la tarifa masiva del transporte urbano de pasajeros.
- Valor dinámico: podrá variar según la demanda y se informará al usuario al momento de solicitar el viaje.
En caso de que un taxi o remise tradicional tome un viaje a través de una plataforma, se regirá por la tarifa digital, y deberá desactivar el taxímetro.
8. Límite horario y condiciones de operación
Los conductores solo podrán trabajar un máximo de 12 horas fraccionadas por día. Además, solo se podrán ofrecer viajes mediante la aplicación habilitada, no en forma directa o por fuera del sistema.
9. Sanciones por incumplimientos
El proyecto prevé un régimen de sanciones:
- Multas entre 500 y 2.000 Unidades Económicas Municipales (UEM).
- Suspensión temporal de la plataforma por hasta 2 años.
- Inhabilitación definitiva de la empresa, conductor o vehículo.
Se considerará causal de inhabilitación la interrupción voluntaria del servicio por más de 60 días o la transferencia del Registro Digital Municipal.
10. Excepciones al cupo
El artículo 15 del proyecto habilita la incorporación al sistema de plataformas de los vehículos ya habilitados como remises, remises del aeropuerto y taxis (autos de alquiler con chofer) bajo la ordenanza 12.859. Estos no estarán sujetos al cupo de licencias, siempre que cumplan con las condiciones técnicas y administrativas exigidas.
11. Autoridad de aplicación
La Secretaría de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Movilidad y Tránsito, será la encargada de controlar, fiscalizar, habilitar y regular tanto a las empresas como a los conductores y vehículos.