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Ciudadanos / Abuso sexual

Femicidio. Cadáver en el placar: primer pedido de jury por las actuaciones judiciales en el caso Grasso

Legisladores opositores van contra el juez Gustavo Echenique Esteve, quien otorgó dos veces el beneficio de prisión domiciliaria a Horacio Grasso, a pesar de que los informes del SPC lo desaconsejaban.

26 de agosto de 2025,

16:51
Ary Garbovetzky
Ary Garbovetzky
Cadáver en el placar: primer pedido de jury por las actuaciones judiciales en el caso Grasso
Grasso. juicio por el caso de Facundo Novillo, el chico asesinado en Colonia Lola Juicio a Facundo Novillo. La Voz archivo

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Los legisladores opositores Gregorio Hernández Maqueda, Matías Gvozdenovich, Alejandra Ferrero, Rodrigo Agrelo y Walter Nostrala presentaron un pedido de juicio de destitución contra el juez de ejecución penal de Río Cuarto Gustavo Echenique Esteve, quien le otorgó dos veces el beneficio de la prisión domiciliaria a Horacio Grasso, a pesar de que tenía informes en contra de los especialistas técnicos del Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC).

Grasso, que estaba condenado por el homicidio de Facundo Novillo Saravia, un niño que murió al quedar en medio de un tiroteo entre bandas rivales en Colonia Lola, en el año 2006, es el hombre que vivía en un departamento de calle Buenos Aires, en Nueva Córdoba, en el que apareció el cuerpo de un mujer adentro de un placar. Ese cuerpo, varias semanas después, tuvo nombre: Milagros Bastos.

Primer pedido de un jury por las actuaciones judiciales en el caso Grasso, el preso con domiciliaria con un cadáver en el placar

A su vez, Ferrero es la autora de un pedido de informes que busca conocer qué hicieron los órganos de control que dependen del Poder Ejecutivo: el Patronato del Liberado y el Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC). Las respuestas a este pedido podrían complicar a otros funcionarios provinciales y judiciales.

Juez. Gustavo Echenique Esteve.
Juez. Gustavo Echenique Esteve.

Sobre el pedido contra Echenique, la fundamentación de los legisladores es la siguiente: “Suponemos que este juez pudo acceder a los informes emitidos por los profesionales del SPC de los cuales surge un perfil psicológico y criminal peligroso, toda vez que es: una persona sin apego a la ley, manipuladora, con alta conflictividad y peligrosa para sí y para terceros, con rasgos psicopáticos, sin que pueda controlar impulsos. Suponemos también que debiera haberlos consultado, máxime si su competencia material es justamente el control y la supervisión del cumplimiento de las sentencias y medidas de seguridad dictadas en un proceso penal. Sin embargo, y teniendo todos los antecedentes que indicabarian el no otorgamiento de la prisión domiciliaria, el juez Echenique Esteve en el 2019 y quizás con la tranquilidad y calma que otorgan algunas garantías constitucionales como la inamovilidad en el cargo, concede aquel beneficio”.

Alejandra Ferrerro y Gregorio Hernández Maqueda, dos de los legisladores que pidieron el jury.
Alejandra Ferrerro y Gregorio Hernández Maqueda, dos de los legisladores que pidieron el jury.

El relato prosigue: “Grasso, con domiciliaria bajo el brazo, se traslada a Córdoba al fijar domicilio en la casa de su madre. Ejerció violencia contra ella, ejerció violencia contra los vecinos, amenazó de muerte a quien fuera su abogada y pareja; todo ello con denuncias interviniendo no solo la policía —de la cual él es miembro—, sino el Poder Judicial. Ante estos hechos, Grasso vuelve a la cárcel de Río Cuarto. Luego del pedido de domiciliaria en el año 2021 y a pesar del pedido fundamentado del fiscal interviniente y de los informes provenientes de equipos técnicos del Servicio Penitenciario provincial, este mismo juez vuelve a concederle el beneficio de la prisión domiciliaria con el argumento de que él mismo advertía que el derecho a la salud del interno Horacio Antonio Grasso no puede ser garantizado en una unidad penitenciaria y no corresponde su internación en un centro hospitalario agregando que si las patologías de Grasso no pueden ser tratadas adecuadamente en la cárcel la concesión de la prisión domiciliaria se torna ineludible”.

“Así como si nada, y desoyendo todos y cada uno de los dictámenes que recomendaban la prisión efectiva -concluyen los legisladores-, con un arsenal de antecedentes que indicaban la peligrosidad de este asesino, el juez Echenique Esteve vuelve a conceder la prisión domiciliaria la cual se haría efectiva en un departamento de Barrio Nueva Córdoba”.

-¿Por qué sólo se apunta en un jury contra esta juez y no contra otros funcionarios judiciales que intervinieron en su caso, como una fiscal que tomó una denuncia por abuso sexual mientras estaba en domiciliaria y el juez de ejecución de Córdoba que estaba a cargo de su control?- preguntó La Voz a uno de los legisladores que hizo la acusación, Gregorio Hernández Maqueda.

-Es porque el responsable que habilitó las prisiones domiciliarias es él cuando los antecedentes no ameritaban para un nuevo otorgamiento. Hay muuuchos responsables, no sólo judiciales. ¿Qué hizo el Ejecutivo? También presentamos pedidos de informes. Alejandra Ferrero es la autora.

-Llama la atención que sólo se vaya contra Echenique

-Mencionamos a los otros en el escrito. El jury podría analizar sus conductas de oficio sin nuestra intervención o pedido expreso. Pero no creemos que sean para destitución que es lo único que puede hacer el jury. Quizás remitirlo al tribunal de ética o de conducta para sanciones de otro tipo de menor grado.

En efecto, el escrito menciona al juez de Ejecución penal de la ciudad de Córdoba Facundo Moyano Centeno. “Al cumplir la pena domiciliaria en la ciudad de Córdoba, intervino en ambas oportunidades el juez Facundo Moyano Centeno, sobre el cual también pesan graves reparos sobre su accionar. ¿Cómo es que frente a los reiterados incumplimientos de las condiciones de libertad condicional nada se hizo?“, plantea el escrito de los legisladores.

“Los informes del Patronato del Liberado dan cuenta de que en el 2025 sobre 11 visitas, 6 no estuvo en el domicilio en el que debía cumplir la pena de prisión. Contaba con tobillera electrónica y es el centro de monitoreo quien informa sobre las alertas en 225 oportunidades. Esta concatenación de violaciones a las condiciones de prisión, no pudieron ser ocultadas, era evidente el abuso, el exceso, y no pudiendo frenar lo inevitable se le revocó la prisión domiciliaria”, hace el raconto el texto acusador, que sin embargo no suma a Moyano Centeno en el pedido de destitución.

No se dice nada en el pedido de jury sobre las denuncias de abuso sexual contra Grasso que hizo una familiar mientras estaba en prisión domiciliaria en el mismo departamente donde se halló el cuerpo de Milagros Bastos, pero en 2022 y otra vez, en 2023. Quien tomó esa denuncia es la fiscal de Violencia de Género Ingrid Vago.

En el pedido de informes se solicita a la Provincia que remita copia de todos los informes confeccionados por el Patronato de Liberados (dependiente del Servicio Penitenciario), vinculados al seguimiento de Grasso, acompañe los informes socioambientales y precise si el Patronato notificó a la Justicia sobre incumplimientos o violaciones al régimen de prisión domiciliaria. También reclama saber cuántos empleados y funcionarios están afectados al monitoreo y control de las personas con prisión domiciliaria, discriminando su formación y capacidad operativa.

“Mientras se está investigando que pasó con ese cuerpo de una joven mujer que podría haber sido engañada por este delincuente, nos preguntamos hasta donde el Estado puede ser responsable y diligente, que pasa con los informes que alertan sobre violaciones a prisiones domiciliarias y que nadie escucha, ni el Servicio Penitenciario ni la Justicia. De las 16.200 personas detenidas, hay más de 500 personas con prisión domiciliaria en Córdoba, y casi 80 únicamente cuentan con un sistema de monitoreo a través de dispositivos electrónicos. Resulta indispensable conocer cómo se asignan los recursos humanos y técnicos, y qué acciones concretas se toman ante las violaciones a las condiciones impuestas judicialmente”, cuestionó Ferrero.

“Si los órganos del Estado hubieran actuado a tiempo, -resalta- tal vez una mujer hoy no estaría muerta. La responsabilidad estatal no puede ser soslayada ni delegada”.

El Poder Ejecutivo no contestó el pedido de informes aún. “Esto tiene gravedad institucional. Por la inacción de la Justicia, murió Milagros Bastos. Pedimos explicaciones, tienen que tomar conciencia que son servidores públicos y tienen que cumplir la ley”, remarcó Ferrero.

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