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Ciudadanos / Río Tercero

La Justicia de Río Tercero obliga a vacunar un bebé aunque su madre se opone: el caso y las razones

El niño nació en Santa Rosa de Calamuchita. Personal del hospital denunció que no se le permitió inmunizarlo, como establece la ley. Qué argumenta la resolución judicial y cómo se procederá.

26 de octubre de 2023,

12:12
Mariela Martínez
La Justicia de Río Tercero obliga a vacunar un bebé aunque su madre se opone: el caso y las razones
Hospital provincial de Santa Rosa de Calamuchita (La Voz)

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Desde los tribunales de Río Tercero salió la orden: un bebé que nació en el valle de Calamuchita días atrás debe ser vacunado, con las dosis que prevé el calendario obligatorio nacional, a pesar de que su madre se niega.

El 1° de octubre pasado nació el niño en el hospital provincial Eva Perón, de Santa Rosa de Calamuchita. Su madre, de 43 años, que vive en el paraje rural El Parador de la Montaña, se negó a que su hijo se le aplicaran las vacunas obligatorias: son las dosis de BCG y contra Hepatitis B que los recién nacidos deben recibir en la primera semana de vida.

Ante esa decisión, desde el hospital se pidió la intervención de la Justicia.

En los tribunales de Río Tercero participó el defensor oficial, Alfredo Brouwer de Koning, en representación de los derechos del niño, y la jueza de primera instancia, Silvana Asnal, ordenó que el bebé sea vacunado. Los tribunales de Río Tercero tienen jurisdicción sobre los departamentos Tercero Arriba y Calamuchita.

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En este tipo de casos –se aclaró– no se ordena que la Policía se haga presente de manera compulsiva en el domicilio de la madre, sino que concurre un equipo de salud del hospital, junto a oficiales judiciales, para dar cumplimiento a una orden de la Justicia.

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La jueza Asnal le otorgó a la madre un plazo de dos días para vacunarlo. Ese tiempo caducó y se infiere que por estos días el personal asistirá a la casa para acordar el cumplimiento de la norma.

Según explicaron fuentes judiciales a este diario, si bien la madre plantea una negativa también se tiene en cuenta que es una mujer que acaba de atravesar un parto. El niño y la madre ya fueron dados de alta, en buen estado de salud.

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Fue la jefa del servicio de Pediatría del hospital de Santa Rosa, Analía Gómez, quien informó a la Justicia que no se podía aplicar las vacunas que, por ley, son obligatorias.

Lo que dice la ley y lo que dice la madre

La orden de que se le suministren las vacunas al niño tienen fundamentos “en la ley nacional 27491, que define la vacunación como un bien social, sostiene la prevalencia de la salud pública sobre el interés particular y establece la obligatoriedad de la vacunación y demás normativas nacionales e internacional”, indicó la Justicia.

Río Tercero. Sede de los Tribunales  (Ramiro Pereyra /La Voz)
Río Tercero. Sede de los Tribunales (Ramiro Pereyra /La Voz)

La madre fue notificada por el juez de Paz de Santa Rosa de Calamuchita, quien le preguntó si había cumplido con el calendario de vacunación, pero la mujer le confirmó que no y que no quiere hacerlo. A la vez, se negó a firmar la notificación, pero el funcionario interviniente le entregó una copia del oficio, donde consta la medida ordenada por el Poder Judicial.

Pese a la intimación, hasta este miércoles la madre no se había hecho presente en los Tribunales de Río Tercero, tal como se le ordenó. Es decir, no había presentado ni un recurso de oposición.

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Según apuntaron fuentes ligadas al caso, la madre argumentó haber constatado “que las vacunas no sirven” y dijo que no quiere “afectar el sistema inmunológico de su hijo desde el nacimiento”. Se apuntó que la mujer quiere “que el niño quede como viene de fábrica”.

La historia clínica describe que nació por parto normal, que le suministraron vitaminas y que se le realizó profilaxis oftalmológica. También se dejó constancia de que se dieron consejos sobre el cuidado del recién nacido a su madre, quien contestó –según se indicó– “que no le interesaba nada de lo que le dijeran, porque ella va a hacer lo que quiera con su hijo” y que seguiría los consejos de su “médico holístico”.

Además, quedó registrado que la madre “no permitió que se realizaran las curaciones del ombligo del bebé, porque tampoco está de acuerdo con dicha práctica”.

Vacunación oral para bebés (Imagen ilustrativa)
Vacunación oral para bebés (Imagen ilustrativa)

“El interés superior del niño”

El defensor público Brouwer de Koning hizo hincapié en “la obligatoriedad de la aplicación de las vacunas y la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular”. En este fallo –indicó– se ponderó “el interés superior del niño como sujeto vulnerable y necesitado de protección”.

Los fallos que se tuvieron en cuenta apuntan “al efecto de separar conceptualmente aquel interés del niño como sujeto de derecho de los intereses de otros sujetos individuales o colectivos, e incluso, el de los propios padres, por más legítimos que estos resulten”.

La ley vigente establece como principio que “las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de su salud”.

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La finalidad de la vacunación –se apuntó– es prevenir enfermedades que pueden tener consecuencias graves tanto en niños como en adultos. En el dictamen se pondera que “las personas no vacunadas quedan muy expuestas a riesgos. Si se multiplican las personas no vacunadas, la sociedad queda expuesta a un rebrote de enfermedades graves, que ya habían sido controladas a través de la vacunación”.

En tal sentido, la ley 27491, que tiene en cuenta esta medida judicial, pone el foco en el resguardo de la salud en general, por encima de la voluntad particular de cada ciudadano.

“Los progenitores no están decidiendo sobre su propio cuerpo o su propia salud, sino en relación a la de su pequeño hijo, quien, por su edad y grado de madurez, no puede decidir por sí”, señala la resolución judicial para este caso.

Seguimiento

La vicedirectora del hospital de Santa Rosa de Calamuchita, Sandra Larrazábal, subrayó la importancia de la herramienta que instaló, en el debate, la obligatoriedad de una familia para cumplir el calendario de vacunación obligatoria.

“A partir de ese instrumento legal de alguna manera cambió la postura del equipo de salud, al menos aquí en Calamuchita, atendiendo también a la presencia de grupos que tienen una ideología diferente en relación a la vacunación; siempre hemos tratado de buscar una postura conciliatoria considerando que tanto los padres como nosotros pretendemos lo mismo: la mejor condición de salud para el niño”, señaló la médica.

Pero con el nuevo escenario, no hay espacio para una salida conciliatoria. “En este caso, la reglamentación de la ley dice, en uno de sus artículos, que tanto el equipo de salud como los agentes de educación, estamos obligados a notificar a las autoridades que protegen los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en caso de detectar algún incumplimiento de la ley de vacunación”, agregó.

Hospital provincial de Santa Rosa de Calamuchita (La Voz)
Hospital provincial de Santa Rosa de Calamuchita (La Voz)

“Ya no podemos decir que la decisión es un derecho de los padres, estamos obligados por la ley a dar aviso a la autoridad”, remarcó la médica.

Antes de la presentación judicial, intentaron que la familia considerara los beneficios de la vacunación y modificara su postura, pero no lo lograron. Tras la notificación, tampoco accedieron a vacunar al niño de forma voluntaria.

Se supo que a partir de esta situación realizarán un seguimiento al grupo familiar.

Un antecedente cercano

En la misma región se registra un antecedente de 2008, cuando el juez de Paz de Santa Rosa de Calamuchita intervino para exigir que una mujer, residente en Villa Ciudad Parque, vacunara a su hija recién nacida. La polémica se instaló cuando la Policía fue a buscarla a su domicilio, con una orden judicial, para que acudiera al hospital y cumpliera la orden.

La beba había nacido en su casa y cuando acudió al centro de salud a solicitar un certificado de nacimiento, el pediatra le exigió la vacunación y comunicó la situación al Juzgado.

El calendario de vacunación obligatoria es requisito además para ingresar al sistema educativo.

Con colaboración de Carina Mongi (Corresponsalía Calamuchita)

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