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Ciudadanos / Córdoba

Explotación. La historia de la mujer que terminó con el lucrativo negocio de una “madame” en Córdoba

Un tribunal federal condenó a una explotadora y a su pareja.

18 de septiembre de 2025,

14:35
Federico Noguera
Federico Noguera
La historia de la mujer que terminó con el lucrativo negocio de una “madame” en Córdoba
Prostitución. Imagen ilustrativa (AP/Archivo).

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El miedo fue, al mismo tiempo, el disparador de su valentía. Atemorizada por ella y sus hijas, una mujer develó la trama de explotación sexual de la que era víctima a manos de una “madame” y su pareja, y la Justicia los condenó en Córdoba.

En un juicio abreviado acordado entre el fiscal general federal de la Capital, Carlos Casas Nóblega, y la defensa de María Belén Nieto (45) y Luis Osvaldo Brescia (61), el Tribunal Oral Federal Nº 1 de la misma jurisdicción, a cargo de Carolina Prado, condenó a ambos.

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La mujer recibió cinco años de prisión domiciliaria como autora de facilitación de la prostitución agravada por mediar amenazas y abuso de una situación de vulnerabilidad, explotación económica de la prostitución ajena agravada por mediar amenazas y abuso de una situación de vulnerabilidad (rufianería).

Imagen ilustrativa. (AP/Alexandre Meneghini/Archivo)

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A su pareja, Brescia, le impuso dos años y medio de cárcel condicional por los mismos delitos (pero como partícipe secundario), con excepción del de amenazas.

La denuncia clave

La investigación nació a partir de la denuncia que la mujer, bajo el seudónimo de “Aylén”, presentó en la Fiscalía Federal Nº 1 de Córdoba capital, de Enrique Senestrari. Relató que su precaria situación económica la llevó a contactarse con la regenteadora de un prostíbulo para prostituirse.

Imagen ilustrativa. (Maksim Goncharenok/Pexels.com)
Imagen ilustrativa. (Maksim Goncharenok/Pexels.com)

La dinámica de la “madame”, “Belén”, consistía en derivar a las víctimas aquellos “clientes” que solicitaban servicios sexuales a través de dos páginas web de la imputada. La explotadora luego contactaba a las damnificadas para que se prostituyeran en departamentos y hasta en hoteles.

Del monto final abonado por los hombres, el 50% iba para las víctimas y el otro 50% era para Nieto. Las mujeres debían depositar el dinero en una cuenta bancaria de Nieto o bien esperar a que Brescia recolectara la recaudación en los inmuebles.

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Lo que realmente disparó la denuncia fue el miedo que sintió “Aylén” luego de informarle a Nieto que no seguiría atendiendo “clientes”. “Una vez que se ingresa (al negocio), no se puede salir”, le habría dicho. Poco después, la víctima recibió una llamada anónima en la que le mencionaron el nombre completo de sus hijas, lo que encendió las alarmas por su integridad y la de su familia.

El fiscal general Casas Noblega lideró el juicio abreviado con la defensa. (La Voz/Archivo)
El fiscal general Casas Noblega lideró el juicio abreviado con la defensa. (La Voz/Archivo)

A partir de la denuncia y la investigación, el fiscal Senestrari estableció que, al menos desde noviembre de 2014 y hasta mayo de 2015, la pareja lideró la explotación de tres mujeres en un departamento que alquilaban cerca de un importante centro comercial, en bulevar San Juan, en hoteles y en otros inmuebles.

Los investigadores pudieron confirmar a través de las escuchas que Nieto receptaba los llamados de los “clientes” de las webs y hasta se hacía pasar por la alternadora.

Si alguna de las víctimas no podía prestar “servicio” por problemas de salud o asuntos personales, debía pagar “multas” por los días no trabajados, para así “cubrir” la recaudación perdida.

Una de las damnificadas contó que los “malos tratos” de Nieto eran continuos y que debía “estar a disposición” todo el tiempo. En cierta ocasión, la víctima contó que la explotadora la hostigó tanto que le mintió para que la dejara tranquila.

Pero Nieto le respondió que sabía que ella tenía una hija a cargo... Ese comentario fue determinante para que tomara la decisión de cortar todo contacto con Nieto.

Juicio abreviado y condenas

El fiscal general Casas Nóblega y la defensora oficial Ana María Blanco acordaron el juicio abreviado. El acusador discrepó con el requerimiento fiscal de elevación a juicio respecto de la calificación de trata agravada.

Consideró que la que en realidad se ajustaba era la de facilitación de la prostitución agravada, explotación económica de la prostitución ajena agravada (rufianería) y amenazas (en el caso de Nieto).

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Casas Nóblega puntualizó que la investigación no probó que Nieto y Brescia captaran la voluntad de las víctimas para que, de ese modo, tuvieran que responder por el delito de trata.

Ponderó, en cambio, que las damnificadas mantuvieron contacto telefónico con Nieto para acordar los encuentros sexuales con “clientes” con una contraprestación del 50% de las ganancias. De manera que la causa se encuadraba como facilitación de la prostitución y rufianería.

La jueza que dictó el fallo, Carolina Prado. (Justicia federal)
La jueza que dictó el fallo, Carolina Prado. (Justicia federal)

La segunda figura atribuida originalmente era lavado de dinero del proxenetismo, ya que la pareja adquirió un inmueble y varios autos. Sobre este punto, Casas Nóblega dijo que la mayoría de los bienes involucrados fueron adquiridos y enajenados antes de que, en 2011, se regulara el “autolavado”, por lo que las maniobras de lavado, de acuerdo con la irretroactividad de la ley penal más gravosa, no eran punibles.

En cuanto al BMW que figuraba a nombre de Nieto, no pudo establecerse el valor de compra para estimar el monto involucrado en la maniobra ni tampoco hacerse la tasación.

Respecto del dinero vinculado a las transferencias a las cuentas bancarias de la pareja, Casas Nóblega advirtió que no había referencias de ellas en la investigación. Por lo tanto, dijo que por la aplicación del principio in dubio pro reo (ante la duda, a favor del imputado), correspondía la calificación más beneficiosa (lavado menor), que contempla solo una multa. Como la vigencia de la acción penal es de dos años, el delito se extinguió.

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El fiscal pidió la absolución por el lavado y dos años y medio para Brescia y cinco años para Nieto por los otros delitos. Los imputados reconocieron los hechos y su participación, y aceptaron resarcir con $ 500 mil a cada una de las tres víctimas.

La jueza Prado homologó el acuerdo y los condenó: “Nieto y Brescia conocían la situación de vulnerabilidad en que se encontraban sus víctimas y abusaron de ello. Distinta es la situación del hecho de haberse valido de amenazas, la cual se configura solamente en relación con Nieto”.

Por su salud delicada, la explotadora cumplirá la pena en la casa de su hijastro, en Buenos Aires.

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