El Club Atlético River Plate de Inriville deberá pagar una indemnización por la muerte de un niño en su pileta durante una fiesta.
Así lo determinó el Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de la ciudad de Marcos Juárez, a cargo del juez Edgar Amigó Aliaga.
Este fallo de primera instancia definió que la entidad deportiva tiene el 80% de la responsabilidad en el fallecimiento de Izan González Holub.
Recientemente los abogados del club interpusieron un recurso de apelación ante la Cámara de la misma ciudad.
En la demanda de daños y perjuicios, los padres del niño explicaron que su hijo desapareció cuando se encontraban en un evento en el quincho del club, el cual se desarrolló fuera de la temporada de verano. De inmediato comenzaron a buscarlo por todo el lugar. Tiempo más tarde encontraron al niño sumergido en la profundidad de la pileta.
Por su parte, el club demandado planteó como “eximente de responsabilidad” que los padres del niño fallecido omitieron el deber de vigilancia.
Aun así, el juez consideró que la piscina tenía agua estancada casi al tope de su capacidad y con algas color verde. También concluyó que el cerramiento perimetral de la pileta “no cumplía acabadamente con la finalidad de impedir el ingreso de personas” y que “no existía personal encargado de vigilar a las personas que circulaban por el sector”.
De esta manera el juez fijó el pago de una indemnización a los padres y a la hermana de la víctima. Con intereses, en la actualidad esa suma superaría los 100 millones de pesos.
En el fallo también se expresa que el club, en cuanto organización institucional, “tiene un deber de previsión mayor que las personas que asisten a sus instalaciones”.
Finalmente en un párrafo de lectura sencilla el magistrado incluyó un mensaje a la familia: “Soy consciente de que la ausencia de su hijo no podrá ser reparada con el dictado de esta sentencia. Sé que no existe modo alguno de reparar el hecho de no verlo crecer y compartir con él su cotidianeidad. Sin embargo, he tratado de empatizar con ustedes intentando sentir su dolor como padres y hermana, motivo por el cual espero que la decisión que he tomado puede ofrecerles al menos consuelo”, dijo.
A tres años de la tragedia
El 27 de agosto del 2022 la víctima había asistido junto a su mamá y su hermana a una fiesta de cumpleaños infantil en instalaciones del Club River Plate de la localidad del sur provincial.
Luego del momento de soplar las velas y sacar fotos, el niño desapareció de la zona del quincho y comenzó una búsqueda desesperada.
Tiempo más tarde hallaron al niño sumergido a dos metros aproximadamente de profundidad en la pileta que se encontraba a unos metros del lugar del festejo.
El abogado Leonardo Cingolani contó a La Voz que la familia está satisfecha con el fallo judicial y que la intención de la demanda judicial fue para que ninguna persona “vuelva a pasar por una situación así, además de que los clubes mejoren sus medidas de seguridad”.
En todo estos años el club decidió no pronunciarse al respecto. Tras el fallo, decidió efectuar algunas manifestaciones públicas. En un comunicado institucional sostuvieron que han defendido su postura en los tribunales y que “no creen en la lógica binaria y polarizada de los procesos judiciales”.

“Creer que un juicio de estas características ‘se gana o se pierde’ no solo constituye un desacierto, sino que es una falta de respeto a una familia”, manifestaron.
Además enfatizaron que expresaron sus condolencias a la familia y la decisión de replegarse fue para no entorpecer el proceso de duelo que lógicamente atravesaba la familia.
Precedente en seguridad en clubes
La sentencia contra el club destaca la importancia de reforzar las medidas de seguridad en natatorios y espacios recreativos.
Anualmente, según las estadísticas, fallecen alrededor de 10 niños en la provincia por ahogamiento.
Además de las tragedias en viviendas particulares también se lamentaron hechos en piletas de clubes o complejos recreativos en los últimos años (Leones, Las Higueras, Hernando y Yacanto).
El caso marcó un precedente sobre la responsabilidad civil de los clubes y la necesidad de garantizar entornos seguros, especialmente en áreas que puedan representar riesgos para los niños.
En este fallo, la Justicia dejó en claro que las instituciones deportivas tienen un deber de previsión superior al de los particulares.
A modo de tutela preventiva, el magistrado le impuso al club la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para proteger a los usuarios en caso de incidentes.