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Ciudadanos / Salud

En qué consiste la ley de Cuidados Paliativos que se aprobó en el Senado

Promueve el alivio del dolor en personas con riesgo de muerte inminente y una mejora en la calidad de vida para pacientes con enfermedades limitantes. En Córdoba existe una norma similar, del 2002, que no fue reglamentada.

7 de julio de 2022,

15:33
Natalia Lazzarini
Natalia Lazzarini
En qué consiste la ley de Cuidados Paliativos que se aprobó en el Senado
Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)

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El Congreso de la Nación aprobó, el pasado miércoles, la ley Nacional de Cuidados Paliativos, una herramienta que permite un mejor abordaje de los pacientes con enfermedades crónicas limitantes o que transitan sus últimos días. Garantiza además la capacitaciones de los profesionales de la salud, un abordaje interdisciplinario y el acceso a medicamentos que alivian el dolor.

“Estamos recontra contentos. La ley se votó casi por unanimidad. Este proyecto se viene trabajando desde hace mucho tiempo, con el consenso de distintas asociaciones científicas y centros de salud que trabajan con este tipo de pacientes”, resumió a La Voz María de los Ángeles Minatel, directora ejecutiva de la Asociación Argentina de Medicina y Cuidados Paliativos.

El proyecto impulsado por los legisladores Mario Fiad y Silvina García Larraburu había obtenido media sanción en el Senado el 15 de octubre de 2020. Corría riesgo de perder estado parlamentario hasta que finalmente terminó por ser aprobado en la madrugada de este miércoles con 218 votos afirmativos, uno negativo (de Ricardo López Murphy) y cero abstenciones.

Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)
Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)

El primer aspecto positivo, según Minatel, es que esta ley contempla un aspecto amplio de los cuidados paliativos que no se limitan únicamente a las personas que transitan sus últimos días, sino también aquellos que tienen enfermedades limitantes, que quizás duren meses o años, y necesitan mejorar su calidad de vida. Por ejemplo, algunos tipos de cáncer no solo en adultos sino también en niños: ancianos con escaras, personas con enfermedades neurodegenerativas, pequeños oncológicos, por sólo citar ejemplos.

En su artículo tercero, los define como “un modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida, a través de la prevención y alivio del sufrimiento”.

Impulsan en Córdoba un plan para acompañar mejor a los enfermos graves y terminales

Estos cuidados posibilitan la identificación temprana del dolor, para permitir su evaluación y tratamiento. Así como otros problemas asociados, ya sea físicos, psicológicos, sociales y espirituales. Están destinados no solo a personas con riesgo inminente de muerte sino también a los que tienen enfermedades amenazantes y/o limitantes para la vida.

Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)
Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)

La ley contempla un acompañamiento para los familiares y capacitaciones para los profesionales de la salud.

Los incisos f y g del artículo 6 enumeran las funciones de la autoridad de aplicación. Entre ellas, “fomentar la capacitación y formación en cuidados paliativos básicos para profesionales de la salud en todos los niveles educativos, tanto en grado como posgrado y la especialización de los mismos”. También promueve la capacitación en todos los niveles de atención, comenzando por el primer nivel, es decir, los dispensarios. La norma también alienta la investigación.

“Queremos mejorar el apoyo a los equipos que hoy realizan cuidados paliativos, conformar más equipos y capacitar a todos. Así lograremos cambiar el paradigma”, agregó Minatel.

Cinco motivos para reglamentar la ley de cuidados paliativos

S.O.S. para las familias

Un paciente con alguna enfermedad limitante, por mucho tiempo, puede generar un desgaste en los familiares que se ocupan de cuidarlos. Muchas veces, terminan claudicando por agotamiento. Los cuidados paliativos también contemplan una red de apoyo también para allegados.

La ley intenta solucionar las trabas en el acceso que hoy existen para la medicación que se utiliza para tratar o aliviar el dolor. No sólo morfina. Minatel asegura que, en los últimos años, los centros de salud de las capitales provinciales tienen un mejor acceso a esta medicación. Pero esto no sucede en el interior. La norma también contempla capacitaciones para los farmacéuticos.

Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)
Las casas de hospicio permiten que los pacientes estén acompañados. (José Gabriel Hernández / La Voz)

Además, contempla campañas de concientización para que la comunidad pueda involucrarse más y valida la figura del voluntario.

Costo y beneficio

La norma establece que las obras sociales deben dar respuesta a los pacientes que necesiten cuidados paliativos. Minatel indicó que la estrategia es costo beneficiosa, ya que puede impedir en algunos casos la prolongación artificial de la vida cuando ya no hay chances de mejora ni de cura. El acceso a la medicación que promueve no tiene que ver con los tratamientos de la enfermedad de base, sí con el alivio del dolor y la mejora de la calidad de vida.

La nueva norma está íntimamente relacionada con las leyes nacionales y provincial de muerte digna. Estas últimas promueven que las personas puedan rechazar terapias o procedimientos que prolonguen artificialmente su vida cuando ya no tienen chance de cura. Les posibilita dejar por escrito hasta dónde quieren llegar, en caso de quedar incapacitados.

En Córdoba

Nuestra provincia fue pionera en sancionar la primera ley de cuidados paliativos del país, en mayo de 2002. La norma garantiza los derechos de los pacientes a recibir un tratamiento que controle sus síntomas, mejore la calidad de vida y alivie el dolor, tanto físico como emocional. Sin embargo, la norma –que se encuentra a tono con la nacional– nunca fue reglamentada.

En nuestra provincia, un grupo de especialistas en cuidados paliativos y bioeticistas viene reclamando desde hace años la reglamentación de la ley y la creación de un programa que permita articular con las otras disciplinas. El proyecto fue publicado el 26 de junio en La Voz.

La legisladora Luciana Echevarría (MST en el Frente de Izquierda Unidad en Córdoba) presentó el primero de julio un pedido para que el Ministerio de Salud provincial informe sobre el estado del programa de cuidados paliativos, qué presupuesto destina y cuáles instituciones se ocupan de concretarlo. La solicitud fue realizada después de la nota de La Voz.

Todavía resta saber qué hará Córdoba en relación a la ley nacional. Como las provincias no delegan sus facultades en salud, cada jurisdicción debe decidir si adhiere o no a las normas que se aprueban en el Congreso Nacional.

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