El abogado Claudio Orosz, defensor del ex subdirector administrativo del hospital Materno Neonatal Alejandro Escudero Salama, alegó en contra de las acusaciones por encubrimiento agravado y los pedidos de cumplimiento efectivo de pena. Planteó, luego de repasar esa acusación en la línea de tiempo: “dónde está el ocultamiento, qué sabía y qué omitió decir, en cada fecha y hora”.
En el alegato Orosz repasó las conclusiones de los expertos a cargo de la pericia inter y multidisciplinaria que no establecieron certezas para todos los casos, entre ellos los dos casos del 18 de marzo de 2022, que en la acusación ya se le atribuyen delitos de omisión de denuncia y favorecimiento de la actuación criminal de Brenda Agüero.
En su presentación, el abogado relató que no había más que un caso de lesión punzante, no de hiperpotasemia ni altos valores de insulina, ni ningún otro evento sospechoso Escudero Salama antes de ir a la reunión del 16 de mayo de 2022 con el fiscal Guillermo González y el jefe del Instituto de Medicina Forense judicial, Moisés David Dib.
Escudero Salama contó que en esa reunión le dijeron que “con los elementos que tenían no había sospechas de un accionar humano externo”. Y eso era lógico, para Orosz. Dib le dijo que la directora del hospital, Liliana Asís, lo llame: “Decile a Liliana que me llame, tiene mi teléfono”, dijo. “Eso es que me llame ella porque vos no sos médico”, interpretó Orosz.
Su cargo, detalló el defensor, “no implicaba ser el abogado del hospital, el asesor legal, de ninguna manera”, ni participó de análisis de causa raíz o del comité de seguridad del paciente, “porque no tenía conocimientos de medicina, ni de neonatología”.
También cuestionó que se haya planteado en el pedido de uno de los querellantes (Carlos Nayi) el marco de delito de lesa humanidad. Orosz dijo que no se cumplen con los requisitos de esa figura: que exista un plan sistemático o generalizado y que se trata de un ataque a la población civil.
“La acusación tiene contradicciones evidentes y sin sustento probatorio. Para condenar hay que tener certeza sobre la existencia del hecho y de la participación dolosa del acusado. En este caso, si se logró probar con certeza, si sabía, que sabia, y si hubo omisión, si esa omisión favoreció o no a Brenda Agüero. No hay ninguna prueba que demuestre que conociera y que omitiera denunciar”, enfatizó Orosz, hablándole a los jurados populares.
El abogado, incluso, planteó que si el fiscal González y el forense Dib le dijeron que no había mérito para denunciar, son ellos y no Escudero Salama quienes incumplieron del deber de denunciar.
Un punto nodal de su argumentación es el repaso del protocolo que rige la obligación de denunciar que según enfatizó Orosz está individualizada en el médico a cargo del paciente.
“No hubo consuno, no hay plataforma probatoria, doctrinaria ni fáctica en contra de Escudero Salama”, remarcó. “En lugar de ser parte del consuno, es un traidor: fue a hablar con un fiscal”, ironizó.
Y sobre los casos del 6 de junio, dijo que cuando fue avisado por las médicas que estaban de guardia recomendó hacer la denuncia e incluso hizo un esquema sobre los elementos mínimos que debía contener.
“El 10 de junio la fiscalía tenía todos los elementos para iniciar una investigación penal preparatoria. Ese día el forense Dib supo del informe anatomopatológico que la doctora Muscarello recibió del laboratorio del Hospital de Niños que reveló la hiperpotasemia en esos dos casos del 6 y el 7 de junio. Lo supo la fiscalia. Y no pasó a la Unidad Judicial de Homicidios. Y no se investigó. ¿Y se lo reprochan a Escudero Salama que era un funcionario administrativo?“, argumentó Orosz.
“Fue el único que vino a Tribunales 2 a preguntar si tenía que denunciar o no. La única solución es la absolución”, concluyó Orosz.