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Ciudadanos / Hospital Neonatal

Decisión histórica. Con un jurado popular partido en la mitad se decidieron las condenas en el juicio del Neonatal

Hubo dos bloques empatados en cuatro votos cada uno entre los jueces ciudadanos. Los votos de los vocales técnicos fueron claves. La absolución de Cardozo fue por unanimidad de los jueces populares.

21 de junio de 2025,

22:00
Ary Garbovetzky
Ary Garbovetzky
Con un jurado popular partido en la mitad se decidieron las condenas en el juicio del Neonatal
Sentencia Juicio del Neonatal. Brenda Agüero fue condenada a prisión perpetua con un fallo dividido. (Javier Ferreyra / La Voz)

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Brenda Agüero fue condenada a prisión perpetua por cinco asesinatos de bebés en el hospital Neonatal de la ciudad de Córdoba y otros ocho ataques criminales contra recién nacidos que no terminaron en un desenlace fatal. El veredicto difundió que fue condenada por mayoría, pero no cuántos votos a favor y cuántos en contra. En su caso, fue cuatro a cuatro entre los jurados populares. Y fueron los jueces técnicos de la Cámara Séptima del Crimen José Daniel Cesano y Laura Huberman quienes con sus dos votos definieron la condena.

Tres fuentes independientes consultadas por La Voz permitieron reconstruir cómo se formaron las mayorías, tanto para sentenciar a Agüero como para las otras condenas y la absolución más importante: la del exministro de Salud de la Provincia Diego Cardozo, que salió con fallo dividido. De este modo, se corrobora y amplía el anticipo que dio el programa El show del Lagarto, de Canal 12, el pasado viernes.

La confirmación oficial de cómo se construyeron los votos se conocerá recién cuando se publiquen los fundamentos, el 23 de julio. Por motivos que los mismos actores del sistema consultados admiten absurdos –porque saber si fue 6 a 4 o 7 a 3 no altera el secreto de la decisión de los jurados populares ni permite su identificación– se tuvo que acudir a la filtración chequeada con fuentes bajo reserva de anonimato para presentar cómo se resolvió, para cada acusado, su inocencia o su culpabilidad.

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Sentencia Juicio del Neonatal. Diego Cardozo fue absuelto con el voto de los jurados populares. Los jueces técnicos pidieron su condena. (Foto: Javier Ferreyra / La Voz
Sentencia Juicio del Neonatal. Diego Cardozo fue absuelto con el voto de los jurados populares. Los jueces técnicos pidieron su condena. (Foto: Javier Ferreyra / La Voz

El exministro Cardozo fue absuelto por mayoría por el delito de encubrimiento calificado. En su caso, los ocho jurados populares votaron por su inocencia, mientras que Cesano y Huberman pidieron pena.

Este resultado es el dato que pone en jaque la hipótesis de que Cardozo fue “salvado por el poder”, como con cierta ligereza se apresuraron a interpretar algunos analistas. En rigor, Cardozo fue salvado por los jueces no técnicos; los jueces profesionales votaron por su condena. Esto ya es observado como un dato alentador para una eventual casación de su libertad ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por el grupo acusador de fiscales y abogados querellantes.

El bloque de cuatro a favor y cuatro en contra entre los jurados populares se mantuvo en las demás condenas. Fueron las opiniones de Cesano y Huberman las que inclinaron la balanza y rompieron la paridad, también, en los casos del exsecretario de Salud provincial Pablo Carvajal; la exdirectora del hospital Liliana Asís; el exsubdirector administrativo Alejandro Escudero Salama; la exjefa de Neonatología Marta Gómez Flores, y la médica que tenía a su cargo el Comité de Seguridad del Paciente, Adriana Moralez.

Los absoluciones del exsecretario de Coordinación ministerial Alejandro Gauto; de la exjefa de Enfermería Alicia Ariza; la exjefa de Tocoginecología Claudia Ringelheim, y de la médica María Alejandra Luján lograron unanimidad. Todos, jurados populares y técnicos, absolvieron.

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Sentencia Juicio del Neonatal. Luego del veredicto y tras casi dos años de estar detenida en prisión domiciliaria, recuperó la libertad bajo caución Liliana Asís. (Foto: Javier Ferreyra / La Voz
Sentencia Juicio del Neonatal. Luego del veredicto y tras casi dos años de estar detenida en prisión domiciliaria, recuperó la libertad bajo caución Liliana Asís. (Foto: Javier Ferreyra / La Voz

Disparidad entre los jueces

La determinación de los montos de las penas, facultad exclusiva de los jueces técnicos, también salió por mayoría. Cesano y Huberman votaron por penas de prisión que excedían los pedidos que había hecho el fiscal de Cámara, Sergio Ruiz Moreno, mientras que votó en disidencia la presidenta del juicio, Patricia Soria. La disidencia de Soria no fue sorpresa para ninguna de las partes, porque es conocido su criterio de no votar penas por encima de lo que pide la acusación del Ministerio Público Fiscal.

Cesano y Huberman impusieron su mayoría y Carvajal fue condenado a cuatro años de prisión; Asís, Gómez Flores, Escudero Salama y Moralez, a cinco. Soria votó por lo que había solicitado el fiscal: tres años para Carvajal, cuatro para Asís, Gómez Flores y Escudero Salama, y tres para Moralez.

Cesano y Huberman quedaron encargados de dar fundamento técnico a las decisiones condenatorias del jurado popular decididas por mayoría, mientras que Soria -que no votó junto a los jueces legos- tendrá que justificar los dictámenes de minoría interpretando y dando sostén técnico jurídico a las posiciones de los ciudadanos comunes.

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Cesano, Soria y Huberman, los jueces de la Cámara Séptima del Crimen que tendrán que fundamentar las condenas y las absoluciones. (Foto: Javier Ferreyra / La Voz
Cesano, Soria y Huberman, los jueces de la Cámara Séptima del Crimen que tendrán que fundamentar las condenas y las absoluciones. (Foto: Javier Ferreyra / La Voz

Anticipos de casación

El abogado que representa a tres madres que perdieron hijos en el Neonatal, Carlos Nayi, dijo que estudiará los fundamentos del tribunal, pero que tiene decidido atacar las absoluciones de Cardozo y de Luján, contra quienes consideró que existe “prueba robusta”.

”Un poco de justicia no es suficiente, vamos a pedir una justicia completa”, adelantó Nayi, parte del bloque de querellantes que pidió penas por encima de lo que había solicitado el fiscal y logró que la mensura de la pena decidida por la Cámara quede partiendo la diferencia entre el reclamo de Ruiz Moreno y los máximos previstos para la figura de encubrimiento que impulsaron los acusadores privados.

El abogado de Brenda Agüero, Gustavo Nievas, también anticipó que planteará la casación de la sentencia apenas pueda acceder a los fundamentos del tribunal. La defensa de Agüero entiende que tiene oportunidad para revertir la decisión por la existencia de una paridad tan grande en los votos. En otros sistemas de jurados populares, para condenar se exige unanimidad o, al menos, una mayoría agravada de dos tercios, ilustró Nievas.

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Ezequiel Elettore, abogado de Adriana Moralez, es otro que ya sabe que irá por la casación. De quedar firme la sentencia, Moralez tiene que cumplir la pena de prisión, por lo que en su caso no sólo se trata de discutir el fallo sino ganar tiempo de libertad para la médica.

Lo mismo hará el equipo que asiste a Asís y a Gómez Flores, liderado por Felipe Trucco. Y es lo que estudiará apenas lea los fundamentos la defensa de Pablo Carvajal, ejercida por Justiniano Martínez.

Los abogados de Cardozo, Germán Matheu y Maximiliano García, no casarán, porque obtuvieron la absolución, pero sí esperan leer los fundamentos —en su caso, de minoría— que harán Cesano y Huberman para justificar sus votos condenatorios contra el exministro de Salud, y allí decidirán si presentan algún escrito de respuesta ante la misma Cámara.

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El procedimiento para casar la sentencia tiene plazos. Primero se tienen que publicar los fundamentos, para lo cual existen 15 días hábiles, descontada la feria de julio. Esto es lo que lleva a la fecha del 23 de julio. De ese momento en adelante, hay 10 días hábiles para que los abogados planteen ante el tribunal el pedido de casación, que debe ser fundado en aspectos formales o de fondo y tiene que ser analizado si es admitido o no por la propia Cámara.

Es costumbre que sí se habilite la instancia y vaya la queja al TSJ, que tiene una amplia historia de avalar el voto de los jurados populares cuando deciden con unanimidad, pero es impredecible para los casos con mayorías exigidas.

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